La Fiscalía solicita dos años de cárcel para el director de la empresa, el jefe de taller, el jefe de producción y el encargado por un accidente

La Fiscalía solicita dos años de cárcel para el director de la empresa, el jefe de taller, el jefe de producción y el encargado por un accidente

Una bobina de 1,5 toneladas aplastó a un trabajador, que tardó en curar 240 días y padece secuelas
25 Mayo 2018

La Fiscalía de Área de Gijón solicita la condena de cuatro acusados por un accidente laboral sufrido por un trabajador al que aplastó una bobina de 1.5 toneladas, en Gijón.

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 17.15 horas del día 19 de enero de 2016, el trabajador, de 42 años, con la categoría profesional de peón especialista, trabajador perteneciente a la empresa de trabajo temporal Flexiplan, se encontraba trabajando en la empresa Esnova Ideas en Metal, en Gijón, llevando una carretilla elevadora, teniendo que suministrar material a las distintas máquinas.

Ese día tenía que llevar una bobina de chapa a la máquina denominada Natahoyo, para lo que se desplazó con la carretilla elevadora a la zona de almacenamiento, la situó frente a la carrilera de bobinas y, después de bajarse de la máquina, cortó con una tijera de acero los flejes. En ese momento, una bobina de unas dimensiones de 1.250 mm de diámetro y 192 mm de ancho, y de 35 mm de espesor y 1.472 kg de peso, cayó sobre él, atrapándolo y golpeándolo. En la caída, la bobina quedó parcialmente apoyada en las uñas de la carretilla elevadora, por lo que el jefe de taller elevó la bobina para liberarlo.

El trabajador sufrió lesiones, entre ellas: aplastamiento, fracturas costales anteriores y posteriores en hemotórax izquierdo de 5-11 arco costales, contusión pulmonar derecha, fractura de esternón y de escápula izquierda, fractura trabecular de húmero derecho, fractura de L4, fractura hundimiento de L2 y dolor inespecífico de rodilla. Tardó en curar 240 días, de los cuales 24 estuvo hospitalizado. Le quedaron secuelas.

Fue asistido en el Hospital de Cabueñes, de Gijón, generando unos gastos de asistencia médica de 6.074.67 euros, a los que el representante legal del Sespa renunció, al haberle sido abonados por la mutua de accidentes, la cual reclama. El trabajador accidentado ha renunciado a toda reclamación por estos hechos.

El acusado 1, en su condición de representante legal y director de la empresa Esnova Ideas en Metal SL, era el máximo responsable en materia de seguridad y salud de los trabajadores de su empresa y ostentaba por tanto poder directo de decisión o mando para la implantación y control del plan de prevención de riesgos laborales, deberes que omitió de tal forma que, debido a un mal almacenamiento de las bobinas en la empresa, que era una practica ya conocida, y a una mala praxis en su manejo y la forma de cortar los flejes de las bobinas, se produjo el accidente. Después de éste mandó cambiar los protocolos de actuación en el almacenamiento de las bobinas en las cunas, fijando las normas por escrito.

El acusado 2, en su condición de jefe de taller, el día del accidente omitió su deber de controlar que las tareas asignadas al trabajador accidentado fueran adecuadas a su formación y que procediese a efectuar correctamente su tarea de manejar las bobinas y de aproximar previamente la carretilla antes de cortar los flejes, lo que no sucedió en este caso, cayendo la bobina encima del trabajador accidentado.

El acusado 3, en su condición de jefe de producción debía de supervisar la correcta manipulación de las bobinas por parte de los trabajadores que estaban a su cargo, incluido el trabajador accidentado, deber que omitió, así como velar por el correcto almacenamiento de las bobinas en las cunas para evitar que sobresaliesen de las mismas con el consiguiente peligro de caída.

El acusado 4, en su condición de jefe de equipo el día del accidente debía de supervisar que el trabajador accidentado llevase a cabo de manera correcta la manipulación y el transporte de las bobinas desde el almacén y que aproximase correctamente la carretilla a la bobina y cortase correctamente los flejes que unían las bobinas así como evitar el mal almacenamiento de las bobinas en las cunas, deberes que omitió.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la vida y salud de los trabajadores y solicitó inicialmente que se condenas a los acusados, a la pena de 2 años de prisión y multa de 12 meses con una cuota diaria de 8 euros (2.880 euros) e inhabilitación. En el acto del juicio la Fiscalía, subsidiariamente, planteó una segunda calificación, por los mismos delitos pero cometidos por imprudencia, para el caso de que el Juzgado considere que no existió dolo. Para este caso, el Ministerio Fiscal solicitó para cada acusado una pena de 4 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de 4 meses a razón de 8 euros diarios (960 euros).

Además, la Fiscalía solicita que los acusados indemnicen conjunta y solidariamente a la mutua con 6.074.67 euros por los gastos de asistencia médica prestada al trabajador lesionado. De esta cantidad responderá de forma directa la compañía de seguros y, de forma subsidiaria, la mercantil Esnova Ideas en Metal SL.

Fuente. La Nueva España

 

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