Perú: las empresas podrían pagar hasta un millón de soles por daño moral a sus trabajadores

Perú: las empresas podrían pagar hasta un millón de soles por daño moral a sus trabajadores

La empresa deberá pagar también por los daños punitivos, que es por no inscribir a sus trabajadores en planilla ni aportar a su seguro social
18 Febrero 2018

Si bien las empresas toman acciones de prevención para reducir el riesgo de accidentes en el trabajo, en los últimos años ha aumentado la siniestralidad en los sectores de Minería, Construcción e industrias extractivas.

Al quedarse el trabajador inhabilitado y sin poder trabajar la empresa estaba llamada a cumplir con el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios y lucro cesante (monto de su sueldo por el periodo de rehabilitación, de ser el caso).

Sin embargo, desde el año pasado las empresas se han visto llamadas a indemnizar - también - por el  daño moral, ya que los trabajadores quedaban incapacitados (total o parcialemnte) y casi ya no podían trabajar.

"Actualmente criterios mínimos ni topes para el daño moral. El juez puede decidir a su libre criterio cuánto es la indemnización por daño moral, que no es otra cosa que un daño emocional y psicológico que sufre la persona", señaló Percy Alache, director del área laboral de PwC Perú.

"Antes el daño moral era S/ 20,000 o S/ 50,000 porque no habían muchos de estos casos; pero el asunto cambió cuando ocurrieron accidentes de trabajo muy graves en minería, electricidad y empresas industriales en los cuales la persona se quedaba incapacitada en 70% o algunas ya no podían trabajar. Entonces el juez decía que a parte de las indemnizaciones que le corresponden a estas personas también ha habido un daño emocional que requiere ser reparado. La casuística que hemos tenido en el 2017 ha sido entre S/ 350,000 y un millón de soles", agregó.

Sin embargo, precisa Alache, pese a que no hay un límite para el pago del daño moral se toman en cuenta algunas variables como el sueldo del trabajador (si es un operario o jefe), el daño que se ha causado (la magnitud), "la carga familiar que podría tener el afectado y la línea/expectativa de carrera que podría haber desarrollado".

Trabajadores por recibos por honorarios

¿Qué pasa si el trabajador afectado no está inscrito en planilla y solo presta servicios por honorarios? El especialista de PwC Perú afirma que también les corresponde recibir una indemnización, incluida la del daño moral.

"En caso ocurra un accidente de trabajo, la empresa es responsable por cualquier accidente o enfermedad que haya adquirido esta persona.  Está obligada a pagar todo lo que haya gastado en coberturas para cubrir el accidente de esta persona que no estaba en planilla", menciona.

Además, resalta, la empresa deberá pagar por los daños punitivos, "que es algo que recientemente los jueces están ordenando pagar, y se produce cuando las empresas no registran a sus trabajadores en planilla y no aportan a la seguridad social", indica.

Fuente: Gestión.pe

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