Chile: Ministra del Trabajo da inicio a campaña “La Fatiga Mata”

Chile: Ministra del Trabajo da inicio a campaña “La Fatiga Mata”

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Alejandra Krauss, junto al director del Trabajo, Christian Melis, dieron el vamos en Lampa a la campaña internacional “La Fatiga Mata”
21 Octubre 2017

“Volvemos adherirnos a esta campaña para recordarles a los empresarios transportistas y conductores, que el exceso de horas trabajadas puede causar accidentes muy graves y que, además, pueden afectar a terceros”, advirtió la secretaria de Estado al lanzar la campaña mundial  que organiza cada año la Federación Internacional del Transporte y que busca sensibilizar a dueños y conductores de vehículos pesados para respetar las horas de conducción y descanso.

El año 2016, esta área ocupó el primer lugar del ranking de fatalidad, con una tasa de 17,1 por cada 100 mil trabajadores, en circunstancias que el promedio nacional es de 4,2.

“El rubro Transportes es una de las actividades más riesgosas donde la tasa de accidentabilidad es la más alta en relación a lo que es la media del país. Debemos reconocer que hay un efecto muy negativo para los conductores cuando manejan más de 5 horas, que es el límite establecido en la normativa”, expresó Krauss.

Alejandra Krauss junto al director del Trabajo, Christian Melis y dirigentes de los trabajadores del Transporte, además de representantes de los dueños de Camiones, entregaron información a conductores en el sector del peaje Lampa con la Campaña La Fatiga Mata, además de información con normas legales y consejos prácticos para combatir la conducción con cansancio.

“Nosotros tenemos planes de fiscalización durante todo el año del transporte de carga, dado que el nivel de accidentabilidad, si bien ha bajado en los últimos años, sigue siendo alto y nos preocupa. Por eso, fiscalizamos la jornada de las 180 horas mensuales, el descanso de dos horas después de cinco horas continuas de conducción y los descansos diarios”, dijo el director del Trabajo, Christian Melis, añadiendo que el año pasado la DT hizo 2 mil fiscalizaciones en el sector, aplicando multas por mil 800 millones de pesos.

Este año la campaña mundial se desarrollará a partir del viernes 7 de octubre en distintas regiones del país. Su eslogan es “La Fatiga Mata: es hora de reducir la jornada y fomentar el autocuidado”, apelando a la responsabilidad de los propios conductores para tener conductas que los pongan a resguardo de los accidentes y para hacer valer sus derechos preventivos ante sus empleadores.

En efecto, según la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), el año pasado y considerando la información dada por las Mutuales y el Instituto de Seguridad Laboral, la tasa del sector transportes es muy superior a los rubros que le siguen: minería y construcción, con 9,0 y 7,7 respectivamente.  El año pasado hubo 53 accidentes fatales de trabajo en el transporte terrestre.

La Suseso detectó también que los camiones son los vehículos más involucrados en los accidentes fatales de trabajo por tránsito terrestre. El año pasado hubo 40 camiones involucrados, superando por lejos a los buses, con 13.

Información complementaria:

NORMAS QUE PROTEGEN A CONDUCTORES DE CAMIONES

  • Art 25º bis, Código del Trabajo:
  • LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO de los choferes de vehículos de carga terrestre interurbanos no podrá exceder de 180 horas mensuales, la que no podrá distribuirse en menos de veintiún días.
  • El tiempo de los descansos, a bordo o en tierra, y de las esperas a bordo o en el lugar de trabajo no será imputable a la jornada.
  • Su retribución o compensación se ajustará al acuerdo de las partes, y la base de cálculo para el pago de los tiempos de espera no podrá ser inferior a la proporción respectiva de 1,5 ingresos mínimos mensuales.
  • Asimismo, LOS TIEMPOS DE ESPERA no podrán exceder de 88 horas mensuales, como máximo.
  • En ningún caso el trabajador podrá manejar más de cinco horas continuas. Después de este periodo debe descansar, como mínimo, dos horas.
  • Si la conducción continua es inferior a cinco horas, el chofer tendrá derecho, al término de ella, a un DESCANSO MÍNIMO de 24 minutos por hora conducida. Esta obligación se cumplirá en el lugar habilitado más próximo en que el vehículo pueda ser detenido, sin obstaculizar la vía pública. El camión debe contar con una litera adecuada para el descanso, siempre que este se realice total o parcialmente a bordo del vehículo.
  • Art 4º Ley Nº 18.290 (Ley de Tránsito):

Carabineros de Chile y los inspectores fiscales y municipales serán los encargados de supervigilar el cumplimiento de las disposiciones a que se refiere la presente ley, y sus reglamentos y las de transporte y tránsito terrestre que dicte el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones o las Municipalidades, debiendo denunciar, al juzgado que corresponda, las infracciones o contravenciones que se cometan.

  • Así mismo, fiscalizarán en el cumplimiento de las normas sobre jornada de trabajo de los conductores de vehículos destinados al servicio público de pasajeros o de carga, contenidas en el Código del Trabajo, se denunciará su incumplimiento al Juzgado del Trabajo correspondiente. 

MULTAS DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO

  • En el caso específico de los choferes de camiones, las multas tienen que ver, principalmente, con infracciones al artículo 25 bis del Código del Trabajo.

Se trata, en general, de infracciones gravísimas, cuyos montos de multas son de 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores

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