UGT edita un estudio que ofrece herramientas para incorporar la prevención de los riesgos psicosociales en la negociación colectiva

UGT edita un estudio que ofrece herramientas para incorporar la prevención de los riesgos psicosociales en la negociación colectiva

El estudio constata que los Convenios Colectivos tratan de una manera muy laxa esta materia, limitándose en el mejor de los casos a recoger la literalidad de la Ley
31 Marzo 2016

El Observatorio de Riesgos Psicosociales de UGT, con el apoyo de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales ha editado un amplio estudio (280 páginas) sobre la Negociación Colectiva en Prevención de Riesgos Psicosociales en el Trabajo. Ver acceso más abajo.

El estudio examina la evolución, avances y perspectivas que en la Unión Europea y en España se están produciendo en la incorporación de la prevención de los riesgos laborales, particularmente en la prevención de los riesgos psicosociales, en la Negociación Colectiva y constata que los Convenios Colectivos tratan de una manera muy lasa esta materia, limitándose en el mejor de los casos a recoger la literalidad de la Ley. 

A través de la investigación documental realizada por el sindicato se evidencia que la Negociación Colectiva puede contribuir a solventar las lagunas de nuestro ordenamiento jurídico, así como a reforzar el compromiso entre interlocutores sociales, Administración y trabajadores para conseguir una gestión preventiva integral.

Para ello sería necesario incrementar los preceptos preventivos que se implementan en los convenios colectivos. La encuesta ESENER reconoce el papel activo de los representantes de los trabajadores en la prevención de los riesgos laborales y en particular de los riesgos psicosociales, por ello este estudio incorpora un abanico de experiencias que pretenden servir de referencia a los delegados de prevención para el establecimiento de objetivos y la planificación y aplicación de estos objetivos a través de la negociación colectiva.

Así mismo, ofrece una serie de herramientas útiles en la prevención de los riesgos psicosociales (Códigos de Conducta, Guías de Buenas Prácticas, Protocolos, etc).

El III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva en el que se recoge en el capítulo II un punto dedicado a la Seguridad y Salud en el Trabajo (punto 7) debe significar el punto de partida en la incorporación de la prevención de los riesgos psicosociales en la Negociación Colectiva y convertirse en regla general en todos los ámbitos de negociación.

Fuente: UGT

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