El Tribunal Superior de Justicia de Galicia admite como accidente laboral el que sufrió una mariscadora fuera de la playa

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia admite como accidente laboral el que sufrió una mariscadora fuera de la playa

La trabajadora sufrió un accidente de tráfico cuando trasladaba el marisco a la lonja
1 Agosto 2016

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó el recurso de súplica interpuesto por el ISM contra la sentencia del juzgado de Pontevedra que dio la razón a la patrona mayor de Vilanova, María José Vales, en su reclamación de baja laboral tras sufrir un accidente de tráfico cuando trasladaba el marisco a la lonja. El Instituto Español de la Marina (ISM) no reconoció la incapacidad derivada del siniestro como contingencia laboral, puesto que no ocurrió en la playa ni en la lonja.

Sin embargo, tanto el juzgado de lo Social de Pontevedra como el mismo TSXG interpretan que el esguince y la torcedura de cuello que sufrió a raíz de la colisión con otro vehículo cuando se dirigía a llevar el marisco a la rula en el coche de la cofradía debe entenderse como accidente en el trabajo. En este sentido, entran en esa categoría los percances «ocurridos como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realizan por su propia cuenta y que determina su inclusión en el régimen especial de la Seguridad Social». Y la mariscadora, que además es patrona mayor, recoge la sentencia, estaba trasladando bivalvo, «de modo que no cabe duda de que ese trayecto, ese desplazamiento forma parte de su trabajo habitual, pues no se entiende cómo de otro modo puede ser llevado el marisco a la lonja». Que lo hiciese en el coche de la cofradía «es indiferente y no puede impedir la consideración de accidente de trabajo». Por tanto, «no encontramos obstáculos para considerar el accidente como laboral», concluye el fallo.

Fuente: La Voz de Galicia

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