Una juez de Sevilla condena a un trabajador por su comportamiento gravemente imprudente, que contribuyó a producir un serio accidente a un compañero

Una juez de Sevilla condena a un trabajador por su comportamiento gravemente imprudente, que contribuyó a producir un serio accidente a un compañero

La empresaria es condenada a tres meses de prisión por falta de medidas de seguridad
14 Abril 2014

La Justicia ha dictado sentencia en este caso una década después del accidente, ocurrido en Sevilla en el año 2004, y ha condenado a la representante legal de la empresa Vorsevi, María Candau R. M., a tres meses y un día de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores, así como a pagar una multa de 540 euros. El trabajador José Joaquín L. L., que era el sondista, también ha sido condenado a pagar una multa de 180 euros por una falta de lesiones por imprudencia, porque abandonó "los mandos de control y operación de la máquina de sondeo, omitiendo la más mínima diligencia en su actuación y contribuyendo al resultado lesivo producido", dado que la víctima, J. B. F., carecía de conocimientos suficientes del manejo de la máquina y no había recibido formación e información en relación al equipo de trabajo y los riesgos. Según Trabajo, la máquina carecía de "resguardos o dispositivos que impidieran el acceso a las zonas peligrosas, siendo insuficientes los protocolos de seguridad establecidos".

El joven sufrió lesiones consistentes en fractura del tercio medio del húmero derecho, tuvo que someterse a cuatro intervenciones quirúrgicas y le ha quedado como secuela una incapacidad para cargar peso con ese brazo. La sentencia ha condenado a la empresa a indemnizarle con 34.726,55 euros, aunque esta cifra puede llegar incluso a duplicarse al sumarse los intereses legales por el tiempo transcurrido.

La sentencia del juzgado de lo Penal número 9 de Sevilla considera como hechos probados que la víctima trabajaba como ayudante de sondista durante unos trabajos en la basílica de la Macarena. El accidente se produjo porque el varillaje de la máquina de sondeo empezó a rotar a una "velocidad excesiva" al encontrarse sobre un terreno de gravas y proyectaba un hilo de agua, por lo que el trabajador se alzó sobre la mordaza hidráulica para golpear con un martillo la unión roscada y eliminar la fuga. En ese momento, en el que el sondista Joaquín L. L. había "abandonado los mandos de control del equipo", el varillaje en rotación enrolló la camiseta del trabajador y lo arrastró "violentamente" contra el varillaje y la estructura de la máquina. El trabajador intentó protegerse con la mano, pero fue atrapado por el brazo, sufriendo las lesiones.

La juez ha condenado a la empresaria porque entiende que "estaba en su mano solucionar las deficiencias" detectadas en los trabajos de sondeo, porque la ley de Prevención de Riesgos "impone al empresario el deber de protección frente a los trabajadores para garantizar su seguridad y salud y en todos los aspectos relacionados con el trabajo" y en el caso concreto "conocía que se estaban haciendo estudios del terreno y el tipo de máquina utilizada y si se hubieran adoptado las medidas de seguridad el accidente "no habría tenido lugar".

Fuente: Diario de Sevilla

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