Dos años de prisión por la muerte de un peón en Barruelo (Palencia)
Dos años de prisión por la muerte de un peón en Barruelo (Palencia)
El Juzgado de lo Penal de Palencia, tal y como había solicitado el Ministerio Fiscal, ha condenado a la pena de dos años de prisión a un constructor, R.D.M., como responsable de un delito de homicidio imprudente por la muerte de un peón, R.P.L., de 48 años en el momento de los hechos. Asimismo, la juez le ha impuesto dos años de inhabilitación para ejercer su profesión en el sector de la construcción, así como una indemnización de 102.170,58 euros para la madre de la víctima, cantidad que será incrementada en un 10% por ingresos de trabajo de la víctima y en un 25% por dependencia y limitación física de la perjudicada.
El accidente laboral mortal ocurrió el 16 de mayo de 2011 en la localidad de Barruelo de Santullán mientras se llevaba a cabo una obra de reforma de una fachada del bloque número 12 de las viviendas protegidas situadas en la calle Alondra.
El trabajador R.P.L., con categoría profesional de peón, sufrió una caída desde una altura aproximada de tres metros que le ocasionó lesiones que provocaron su fallecimiento el día 25 de mayo de 2011 en el Hospital General Yagüe de la capital burgalesa.
El empresario había contratado directamente con cada uno de los tres propietarios de las viviendas situadas en los números 10,11 y 12 de la calle Alondra de Barruelo de Santullán las obras de revoque de las fachadas, de unos 20 metros de longitud.
Estas casas, adosadas entre sí, son de dos alturas y tienen retranqueada su primera planta en torno a 1,10 metros aproximadamente, existiendo en esa zona una cubierta de teja con una ligera inclinación hacia el exterior.
El Ministerio Fiscal sostenía que el acusado, en el ámbito de sus respectivas competencias y obligaciones, «omitió la adopción de diversas medidas de seguridad». El fiscal relató situaciones como el hecho de haber colocado sólo un andamio de un cuerpo con dos tijeras en cada lateral y dos largos de hierro, mientras que el tejado carecía de toda protección perimetral.
«No se facilitaron al trabajador equipos de protección individual frente a caídas de altura y elementos de amarre y el operario no había recibido formación general del sector de la construcción, ni sobre riesgos y medidas preventivas», relataba el Ministerio Público en su escrito de acusación
Además, R.D.M., según la versión del fiscal, no había efectuado la preceptiva comunicación de apertura del centro de trabajo (obra), ni acompañado la evaluación de riesgos.
Para el fiscal este accidente y las correspondientes lesiones que sufrió la víctima «no se hubieran producido de haberse utilizado las medidas de seguridad omitidas, así como de haber existido una adecuada evaluación de riesgos y una mínima formación del trabajador».
Tanto el procesado como su empresa, al parecer, carecían de seguro de responsabilidad civil empresarial, habiendo suscrito tan solo un seguro de convenio de la compañía previsora general.
Al hilo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Palencia levantó un acta de infracción de carácter grave y una propuesta de sanción de 12.000 euros para la empresa como consecuencia de este accidente laboral.
El informe emitido por la Inspección de Trabajo especificaba como causas del accidente la «falta absoluta» de protección perimetral de la cubierta donde se encontraba trabajando el accidentado y que determinó su caída, la no utilización de equipos de protección individual frente al peligro de caída de altura y la falta de disposición de puntos de anclaje seguros.
Fuente: Diario Palentino