Condenan a un aparejador por un accidente mortal en el centro de Oviedo

Condenan a un aparejador por un accidente mortal en el centro de Oviedo

La acusación contra el coordinador de seguridad fue retirada, por lo que resultó absuelto
4 Julio 2016

La viuda, las dos hijas y la madre de un trabajador fallecido en un accidente laboral, en Oviedo, hace cinco años, recibirán una indemnización global de 149.765 euros, que deberá abonar directamente la compañía aseguradora con la que el aparejador tenía suscrito un seguro para cubrir las responsabilidades civiles profesionales. El aparejador, que en el momento del siniestro era el director de la obra, ha sido condenado por la vía penal por las irregularidades detectadas en materia de prevención de riesgos laborales. La víctima se soltó el arnés de seguridad para realizar mejor el trabajo; circunstancia que, unida a las deficiencias de sujeción del andamio, propició su caída, desde una altura de 18 metros, causándole la muerte.

R.F.G., de 56 años, trabajaba para Andamios F.M. S.L, empresa que había sido subcontratada por Reformas Martín Corao S.L, para realizar el montaje de los andamios de una obra de reparación de un edificio de viviendas situado en la calle Quintana número 7 de Oviedo. El montaje había comenzado el 4 de Julio de 2011, encargándose de esta tarea R.F.G y sus compañeros M.A.G y D.F.M., quienes simultáneamente iban montando el montacargas que utilizaban para subir las piezas del montaje. Dos días después, se encontraban a la altura de la quinta planta del edificio, a una distancia de 18 metros, subiendo piezas para montar el andamio de la terraza. D.F.M. estaba a nivel de la calle cargando el montacargas, M.A.G se encontraba en la quinta planta, en la terraza, montando el andamio, y R.F.G recogía las piezas del montacargas y se las pasaba a su compañero, estando ambos provistos de arnés de seguridad anclado. En un momento dado, R.F.G. «se soltó el arnés de seguridad y se agarró al pasamanos trasero del andamio que, al estar mal anclado, se soltó», según recoge la sentencia. La parte delantera del andamio carecía de listón intermedio, lo que provocó que se cayera, a través del hueco, a la calle, falleciendo poco después.

El Juzgado de lo Penal 2 de Oviedo enjuició la causa. Inicialmente se sentaron en el banquillo de los acusados, D.S.C., coordinador de seguridad, y el aparejador J.F.S.O, director de obra. Tras la retirada de la acusación formulada contra el primero, el proceso continuó exclusivamente contra el segundo. Además se dirimía la responsabilidad civil directa y subsidiaria. Las empresas Andamios FM S.L y Reformas Martín y Corao S.L tenían concertado un seguro con Fiatc, mientras que el aparejador, en la fecha del accidente, tenía seguro de responsabilidad civil profesional con Musaat, si bien con posterioridad, en 2013, suscribió otro seguro con Zurich.

La magistrada María Elena González Álvarez ha condenado al aparejador por un delito contra la vida y salud de los trabajadores en concurso ideal con un delito de homicidio por imprudencia grave al estimar que debió impedir la práctica de utilizar el montacargas para la subida de todo el material y no admitir el sistema de trabajo empleado, «consistente en la eliminación de la barra de protección para descargar el material, incumpliendo así lo establecido en el Plan de Montaje que había elaborado». Por el primer delito, le ha impuesto tres meses de prisión y tres meses de multa a razón de una cuota diaria de cuatro euros (720 euros), y por el segundo una condena de seis meses de prisión, que será sustituida por 12 meses de multa a razón de cuatro euros diarios (1.440 euros). La aseguradora Musaat deberá abonar, como responsable civil directo, una indemnización de 149.765 euros, de los que 119.735 euros corresponderán a la viuda, A.M.F., mientras que sus dos hijas, L.F.M. Y J.F.M y la madre del fallecido, J.G.A, recibirán 10.010 euros cada una. Asimismo, el Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) recibirá la cantidad que se cuantifique por los  gastos asistenciales a R.F.G., el día del accidente, que se acrediten en ejecución de sentencia.

La magistrada ha absuelto a D.S.C y ha exonerado de responsabilidad civil subsidiaria a Reformas Martín y Corao S.L y a Andamios FM S.L. así como de responsabilidad civil directa a las aseguradoras Asemas, Fiatc y Zurich. En la sentencia declara probado que el accidente se debió a que se había eliminado la protección colectiva, «el listón intermedio de la parte delantera del andamio, a lo que se unió que el trabajador se soltó el arnés y que el pasamanos trasero no estaba bien sujeto. El listón intermedio se había suprimido ya que, al estar subiendo la carga con el montacargas, no estando éste totalmente montado,  al irlo montando a la vez que el andamio, y puesto que no quedaba al mismo nivel que la planta del andamio en la que estaban había que dejarlo un poco más bajo y para poder extraer la carga tenían que quitar la protección colectiva». En el Plan de Montaje del andamio se hacía constar la colocación de las barandillas de protección y no se preveía que se eliminaran, recogiéndose que la carga se subiría mediante roldana y las piezas pequeñas en el montacargas, pero en la realidad se subían todas las piezas.

En el juicio quedó demostrado que no se cumplió la obligación de primar la protección colectiva a la individual, al no prever un sistema para la elevación de cargas que evitara tener que eliminar la protección colectiva u otro sistema de protección colectiva que impidiera la caída de los trabajadores en caso de desanclar el arnés, bien por descuido o para pasar a la planta siguiente del andamio. La magistrada considera que se debía haber planificado una medida sustitutiva que garantizase una seguridad similar para el supuesto de que fuera necesario quitar algún elemento de protección, como el listón intermedio de la barandilla, dejándolo reflejado en el Plan de Montaje o en un anexo y debió ser aprobada por el Coordinador del Plan de Seguridad y Salud.

Fuente: La Voz de Asturias

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