Condenada una mutua que obligó a un ertzaina a ir a trabajar sin estar recuperado

Condenada una mutua que obligó a un ertzaina a ir a trabajar sin estar recuperado

Una juez de lo Social de Bilbao confirma en la sentencia que el ertzaina no estaba "en condiciones" para desempeñar su puesto de patrullero
2 Mayo 2014

"El problema es que las mutuas son juez y parte: pagan las bajas y también te dan el alta". Esta es la reflexión que hace Aitor A.G., un patrullero de la Ertzaintza que entre agosto y octubre de 2013 fue obligado a coger el alta por la mutua y la Seguridad Social pese a que la lesión que arrastraba en su dedo índice de la mano derecha -tras una detención el 10 de marzo de ese año- le impedía manejar el arma, la defensa o conducir el vehículo oficial.

El alta médica decidida inicialmente por la mutua se produjo el 28 de julio, decisión que fue apoyada por el médico evaluador del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) prácticamente un mes después. La primera operación se le practicó el 25 de marzo, y, pese al periodo de rehabilitación, su dedo no quedó bien. Pero, en contra de su criterio, fue obligado a volver a trabajar. Finalmente, la realidad le dio la razón: el agente se tuvo que someter a una segunda operación el 10 de octubre de ese mismo año.

Ahora, la juez también le ha respaldado con una sentencia en la que apunta que no estaba "en condiciones" para trabajar ya que el agente "presta sus servicios de patrulla y es consustancial a esta prestación de servicios el uso del arma, uso que no le era posible, atendiendo a la limitación del dedo que padecía".

"Mi crítica va contra la mutua, que al final no deja de ser una empresa que quiere ganar dinero y parece claro que deben tener algún tipo de prima de productividad por dar altas meteóricas. Pero también contra el médico evaluador del INSS que me trató al inicio y que me dijo directamente que lo único que iba a mirar era si el alta d el mutua estaba bien dada o no, no si realmente estaba en condiciones de trabajar", sostiene el ertzaina.

De hecho, Aitor A.G, una vez que la Seguridad Social le da la razón a la mutua y tiene que incorporarse de nuevo al trabajo (27 de agosto de 2013), es cuando presenta la demanda y solo después es cuando en las mediciones que realiza su médico de empresa (el de la Ertzaintza), el médico privado que contrató y el de la Seguridad Social todos ellos admiten las limitaciones que tenía (en el baremo oficial lo cifraban entre un 70 y un 75), frente a la visión del médico de la mutua, que cifraba la movilidad del dedo en un 110, según relata el afectado.

La magistrada Beatriz García, titular del juzgado de lo Social número 3 de Bilbao, ha condenado a la Mutua Mutualia, al Departamento de Seguridad del Gobierno vasco y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por este caso. En concreto, la mutua deberá "abonar la prestación correspondiente" al periodo en el que el trabajador estuvo de alta médica pese a no estar en condiciones. En total, algo más de tres meses, en los que además el ertzaina estuvo relegado de su trabajo normal de patrullero "al no poder manejar el arma y las defensas necesarias", algo inherente a su trabajo.

La juez asegura en la sentencia, a la que ha tenido acceso eldiarionorte.es, que durante todos esos meses "la situación" del ertzaina era "limitante de estos movimientos, y ha de entenderse que esa limitación es impeditiva de una función esencial para un policía como es el manejo de un arma, habiendo sido necesaria una nueva intervención quirúrgica por la mala evolución de la lesión, que ya a fecha de alta le impedía o dificultaba de forma importante le manejo del arma".

La magistrada añade en su resolución, notificada a finales de marzo pasado, que "lo cierto es que el trabajador presta sus servicios de patrulla y es consustancial a esta prestación de servicios el uso del arma, uso que no le era posible, atendiendo a la limitación del dedo que padecía", por lo que la situación del demandante era que no estaba en condiciones para trabajar, "el tratamiento era oportuno y no estaba agotado, como lo demuestra la intervención posterior".

El agente está relativamente satisfecho con la sentencia, ha recuperado un mes de vacaciones que perdió, aunque no puede exigir "daños y perjuicios por lo ocurrido sin entrar en otro pleito, con el consiguiente gasto", explica contrariado. Pero, además, deja otro mensaje para la reflexión que va más allá del caso concreto: "Al final yo soy un privilegiado porque llevo trabajando 20 años en la Ertzaintza y tengo una mayor protección, además de tener el respaldo del sindicato. En otros trabajos, y con la situación actual, no todos los trabajadores tienen la misma protección, ni es fácil ejercer tus derechos sin jugarte el empleo".

Fuente: El Diario

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