Cinco responsables de una obra del Ministerio de Fomento aceptan su responsabilidad en un accidente laboral ocurrido hace más de diez años

Cinco responsables de una obra del Ministerio de Fomento aceptan su responsabilidad en un accidente laboral ocurrido hace más de diez años

Los acusados reconocieron que "no habían habilitado medidas para evitar el riesgo eléctrico" pese a la proximidad de líneas de alta tensión
9 Febrero 2016

Cinco responsables en las obras de construcción de la Autovía A-63 en el tramo Oviedo-Salas han sido condenados por el accidente laboral en el que un trabajador recibió una descarga eléctrica que le provocó graves lesiones que le supusieron dos operaciones con injertos de piel. Las condenas suman en total 33 meses de prisión y una indemnización de 47.138 euros, a la que se añaden multas por un importe global de 4.320 euros. El siniestro se produjo hace 10 años, el 20 de diciembre de 2005. Pero según la sentencia, "el procedimiento judicial estuvo parado injustificadamente en numerosos periodos", al punto de que desde la apertura del juicio oral en octubre de 2012, no se dio traslado para la presentación de escritos de defensa hasta abril de 2014.

Los cinco acusados asumieron su responsabilidad, por lo que ayer no se llegó a celebrar la vista oral en el Juzgado de lo Penal 1 de Oviedo. Uno de ellos era el administrador de la empresa para la que trabajaba la víctima; otro era el encargado; un tercero, el jefe de equipo; también se tenía que sentar en el banquillo el encargado de la empresa contratista principal y, por último, el administrador único de la empresa contratada, y subcontratada a su vez, para las operación de elevación y transporte en las obras de construcción de la Autovía, cuyo promotor era el Ministerio de Fomento.

Según consta en la sentencia, los acusados reconocieron que "no habían habilitado medidas para evitar el riesgo eléctrico" pese a la proximidad de líneas de alta tensión, y que "no habían dispuesto un sistema o procedimiento de trabajo o de coordinación entre los trabajadores de las distintas empresas intervinientes". Y todo ello pese a que, sigue el fallo judicial, "tanto en las evaluaciones de riesgos elaboradas por las empresas como en el Plan de Seguridad y Salud, se había detectado el riesgo, señalándose la necesidad de que, o bien no se realizasen los trabajos sin que la compañía eléctrica descargase la línea, o bien se balizara o instalaran barreras de protección o pórticos para respetar la distancia mínima de seguridad".

El juez considera que los hechos fueron constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con otro de lesiones imprudentes.

Los dos principales responsables han sido condenados a 9 meses de prisión y 540 euros de multa cada uno. El jefe de equipo, también a 9 meses de cárcel y una multa de 360 euros. Y los dos últimos a 3 meses de prisión, que se sustituirán por 1.080 euros cada uno, y una multa de 360 euros. Ambos ya habían abonado al trabajador 32.861 euros. Además, a la víctima se la tendrá que indemnizar con 47.138 euros, más los intereses legales, cuantía que abonarán directamente las aseguradoras de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento y de las empresas implicadas.

Fuente: La Nueva España

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