Absueltos los cinco acusados de un accidente en el que un trabajador perdió un dedo, entre ellos el técnico de prevención

Absueltos los cinco acusados de un accidente en el que un trabajador perdió un dedo, entre ellos el técnico de prevención

La sentencia reconoce que no se sabe quién «puenteó» la máquina que amputó la extremidad al oficial, pero exime de toda culpa a sus superiores
21 Febrero 2017

El Juzgado de lo Penal Número 2 de Avilés ha absuelto a los cinco acusados de un delito contra los derechos de los trabajadores por el accidente laboral que, en septiembre de 2010, cercenó un dedo a un oficial de segunda y le alcanzó a otros dos, y por el que se enfrentaban a dos años y medio de cárcel.

La sentencia exime de cualquier responsabilidad tanto al director técnico de la empresa como el técnico de prevención, al jefe de obra, al encargado general y al oficial de primera que asumía algunas funciones propias de un jefe de equipo al reconocer que la empresa disponía de todas las medidas de seguridad reglamentarias y que la víctima había recibido tanto la formación como el equipo necesario para trabajar.

El accidente laboral se registró el 16 de septiembre de 2010 cuando H. L. P., oficial de segunda, estaba utilizando una máquina tronzadora de mesa en la obra de construcción de un edificio de 32 viviendas de la urbanización de La Magdalena. En concreto, estaba cortando una tabla para sacar una cuña triangular para rematar el encofrado del forjado del primer sótano. Cuando estaba apurando el corte de la tabla, su mano derecha entró en contacto con el disco de la máquina tronzadora, que le alcanzó los dedos corazón, índice y pulgar de la mano derecha. Perdió un dedo y sufrió heridas en los otros dos.

El juez concluye que "el protector del disco de la sierra estaba inoperante en el momento del accidente porque había quedado fijado mediante un excesivo apriete del tornillo de fijación al cuchillo divisor, por lo que el protector no caía por su propio peso sobre la mesa de la tronzadora". En cambio, no quedó acreditado quién apretó ese tornillo de fijación ni cuanto tiempo llevaba inoperante. El juez también concluye de la práctica del juicio que el accidentado contaba con los oportunos equipos de protección individual, estaba autorizado para el manejo de la máquina y había recibido formación en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales.

La sentencia recoge que no se puede saber quién inutilizó el mecanismo de seguridad de la tronzadora que hirió al trabajador durante el desempeño de su oficio, pero el juzgador tiene la impresión por las declaraciones de un testigo de que «el accidente se produjo porque el protector del disco fue 'puenteado' indebidamente por el propio trabajador perjudicado, de forma puntual y a espaldas de la racional previsión y prevención de los responsables de velar por la seguridad en el trabajo».

Es más, considera acreditado que la máquina tronzadora se encontraba en perfecto estado el día del accidente y con el empujador que habría evitado que el operario acercara la mano a la sierra al lado. Además, todos los testigos explicaron que de no haber empujador, se emplea el mango del martillo.

El magistrado pone en seria duda las declaraciones del único trabajador que ofreció un testimonio contrario a las del resto de los trabajadores de la obra, «a la sazón cuñado del trabajador accidentado». Cree que sus manifestaciones sobre ausencia de empujador o protección auricular «vienen desmentidas por todos los demás testigos» y «cabe señalar que el testigo faltó a la verdad acerca de otros extremos», como la formación recibida en materia de seguridad.

A este respecto, el juez no constata que la empresa hubiera incumplido las medidas de prevención y seguridad, y respecto a la formación y familiarización del trabajador con la maquinaria que empleaba se remite a la explicación gráfica de uno de los testigos que afirmó que «una máquina tronzadora para un encofrador es como una pelota para un futbolista».

Fuente: El Comercio y La Nueva España

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