Condenado el director de un hotel por acoso sexual a una empleada

Condenado el director de un hotel por acoso sexual a una empleada

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ratifica una sentencia de un juzgado de Ibiza que obliga el directivo y el establecimiento hotelero a pagar más de 34.000 euros a la víctima
17 Mayo 2017

 La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha ratificado una sentencia de un juzgado de Ibiza que condena al hotel Miami Ibiza de San Antonio -actualmente llamado Hawai Ibiza- a pagar más 14.400 euros a una ex empleada , segunda cabeza de bar, en concepto de indemnización por la extinción de su contrato. Asimismo, la resolución judicial condena el establecimiento hotelero y su director, Enrique Moro, a pagar a la mujer 20.000 euros en concepto de daños y perjuicios. El TSJIB considera probado que la ex trabajadora fue víctima de acoso sexual por parte del director.

Así, se considera probado que Moró observaba cada día, mediante las cámaras de seguridad, la entrada de la mujer en su lugar de trabajo y que, cuando llegaba, la llamaba por teléfono para hacerla subir a su despacho, incluso antes de ser designada segunda cabeza de bar. El hombre le dijo una vez que tenía que ir con ropa ajustada y le ofreció dinero para que se comprara un calzón. Otra vez fue más allá y espetó a la empleada "en lugar de descansar, lo que necesitas es que te pegue un hueso que te reviente la cabeza". Entre la plantilla de trabajadores circulaba el rumor de que la ex trabajadora tenía una relación sentimental con el demandado.

Según explicó la mujer al especialista en psiquiatría del IB-Salut que la atendió, "el director me cogió más estimación de la que correspondía. El acoso me ha llevado a extremos como masculinizar mi aspecto". La demandante se cortó la cabellera que había llevado siempre, se ponía ropa ancha y oscura, y evitaba el maquillaje.

Como consecuencia del acoso, la mujer mostraba síntomas de depresión, expresados ​​con pérdida de interés, tristeza, alteración del sueño, alteración del apetito, disminución de la autoestima, dificultad de concentración, inhibición psicomotriz e ideas oscuras de futuro.

La sentencia del Tribunal Superior explica la corresponsabilidad del hotel en este caso de acoso sexual señalando que "de nada sirve la existencia de un protocolo de prevención del acoso si no sirve para evitar o prevenir su producción y de nada sirve tampoco la existencia de delegadas de prevención si no son capaces de detectar esta situación cuando todo el mundo en la empresa sabe que algo pasa ".

La resolución apunta que "si el primer fin de bar sabía que la demandante se sentía incómoda por las constantes llamadas al despacho del director y la vio llorar muchas veces, si realmente la empresa no tomó conocimiento de lo que estaba pasando, fue porque la acción preventiva desarrollada fue insuficiente con un claro incumplimiento de lo establecido en la Ley de prevención de riesgos laborales ".

Fuente: Arabalears

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