El técnico de prevención, el director técnico, el jefe de equipo, el jefe de obra y el encargado de la obra, imputados por un accidente

El técnico de prevención, el director técnico, el jefe de equipo, el jefe de obra y el encargado de la obra, imputados por un accidente

Alegan que que el accidente laboral se produjo por la "conducta imprudente del herido", pero la Fiscalía sostiene que el accidente se produjo porque el equipo de trabajo no disponía de protecciones colectivas
1 Febrero 2017

El director técnico, el técnico de prevención, el jefe de equipo, el jefe de obra y el encargado general de la obra de construcción de un edificio para viviendas en La Magdalena, en la que en septiembre de 2010 resultó herido un trabajador, se enfrentan a dos años y un día de cárcel. El juicio está previsto que se celebre hoy, en el Juzgado de lo Penal Número 2, de Avilés.

El trabajador se cortó varios dedos con una tronzadora de mesa por lo que se le tuvo que amputar el dedo corazón de la mano derecha y sufre movilidad reducida en otro. Ha sido declarado incapaz total para el ejercicio de su profesión habitual.

El escrito de acusación de la Fiscalía sostiene que el accidente se produjo porque el equipo de trabajo no disponía de protecciones colectivas, ya que el protector del disco de la sierra era inoperante al estar alterado cuando se realizó el corte y porque el trabajador carecía del empujador necesario para cortar piezas de pequeñas dimensiones.

Considera que el director técnico, en tanto que máximo responsable en materia de seguridad, era a quien competía asegurarse de que los trabajadores utilizaran el equipo de trabajo en condiciones seguras. Lo acusa, por tanto, de un delito contra los derechos de los trabajadores y de otro de lesiones imprudentes, al igual que al técnico de prevención, al jefe de equipo, al de obra y al encargado general de la empresa que había sido contratada por la promotora para la construcción de la vivienda.

La Fiscalía solicita además que los cinco indemnicen de forma conjunta y solidariamente al trabajador accidentado con 19.630 por lesiones y 59.140 por las secuelas, así como 40.000 euros por daños morales por la incapacidad total, de la que responderá de forma directa la compañía aseguradora.

Durante el juicio trascendió que el accidente laboral se produjo porque la máquina en la que estaba trabajando (una tronzadora de mesa) no tenía activado el dispositivo de protección. El accidentado no bajó el protector antes de disponerse a cortar una tabla y el disco de la máquina le alcanzó varios dedos.

Los cinco imputados, todos ellos vinculados a la empresa constructora, eludieron tener responsabilidad alguna. Sus letrados, incidieron en que no existen pruebas para determinar la responsabilidad de ninguno de los imputados. Es más, reprocharon que en el banquillo de los acusados no se sentaran el promotor o directivos de la obra.

Los informes de las autoridades de Prevención concluyeron que el accidente se produjo porque el equipo de trabajo no disponía de protecciones colectivas, puesto que el protector del disco de la sierra no funcionó al estar alterado cuando se realizó el corte y porque el trabajador carecía del empujador necesario para cortar piezas de pequeñas dimensiones. La práctica totalidad de los acusados y testigos explicaron que la máquina en cuestión se utiliza en todas las obras y no se requiere formación específica para manipularla. "Es como un balón para un futbolista o una toga para un abogado", puso como ejemplo uno de los procesados.

Ninguno de los acusados ni de los testigos que prestaron declaración fueron capaces de aclarar por qué el dispositivo de protección de la tronzadora estaba inoperativo (para activarlo tan solo es necesario bajar una especie de capuchón de plástico).

La Fiscalía mantuvo su petición de dos años de cárcel para cada uno de los cinco imputados, misma pena que solicitó finalmente la acusación particular (pedía inicialmente tres), por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones imprudentes. Los abogados defensores solicitaron la libre absolución de sus clientes.

Las acusaciones insistieron en que se infringieron las normas de prevención y protección, poniendo en riesgo la salud del trabajador, mientras que las acusaciones pusieron en tela de juicio hasta la calificación de los hechos ("No estamos ante la pérdida de un miembro principal, sino de uno accesorio, como es un dedo", puntualizaron). Los procesados son los siguientes trabajadores de la empresa: un director técnico, un técnico de prevención, el jefe de equipo y el de obra y en el encargado de la distribución de material. El caso quedó visto para sentencia.

Fuente: El Comercio y La Nueva España

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