Nueve meses de cárcel por un accidente laboral que afectó gravemente a dos trabajadores

Nueve meses de cárcel por un accidente laboral que afectó gravemente a dos trabajadores

El empresario comenzó los trabajos sin que se aprobara el plan de seguridad de la obra
11 Febrero 2015

El Juzgado de lo Penal ha condenado a José Javier Quirce Soler a nueve meses de cárcel como autor de un delito contra la seguridad de los trabajadores y dos de lesiones por imprudencia, concurriendo en los tres la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

La sentencia, que es firme al haberse anticipado el fallo en el acto del juicio oral y haberse mostrado su conformidad en el mismo, también recoge para este empresario la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la duración de la condena y un año de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de constructor.

Además, tiene que abonar una multa por valor de 540 euros y una indemnización de 3.693,92 euros a Leven Isakov Gargov, de forma conjunta y solidaria con una compañía de seguros, y subsidariamente con la empresa de la que era administrador único.

La resolución recoge como hechos probados que Leven Isakov Gargov y Demilson Rodrigo Da Silva trabajaban el 9 de octubre de 2008 para Sergyeca S.L., cuyo propietario y administrador único era José Javier Quirce Soler. El segundo de ellos lo hacía sin tener permiso de trabajo ni de residencia.

Ambos se encontraban ese día efectuando labores de sustitución de la cubierta del tejado de un inmueble ubicado en el Casco Viejo de Soria junto al propietario de la empresa, quien ejercía asimismo las funciones de dirección y de encargado de obra. Y es que la empresa para la que trabajaban había sido contratada por el propietario del inmueble para que efectuaran allí la rehabilitación de la cubierta y la fachada.

Esa misma mañana, como los días anteriores, los dos trabajadores y Quirce Soler habían accedido a la cubierta del edificio mediante una cesta elevadora autoportante. Allí retiraban manualmente parte de las tejas y otros materiales, depositándolos en sacos y cargándolos en la cesta para bajarlos hasta la calle.

La parte de la cubierta del edificio quedó sin tejas y sin las tablas que unían dos vigas, las cuales quedaron solamente apoyadas en la umbrera y en el alero, fuera del hastial del edificio, constituido por una pared de ladrillo de doble hueco.

Ese día a las 11.00 horas, los dos empleados estaban a pie de calle con la cesta descendida, retirando de la misma los sacos de las tejas, cuando «se precipitó parte del hastial junto con las dos vigas sobre ellos, resultando golpeados por el material precipitado». «El accidente tuvo como causa principal la inexistencia de medidas de seguridad colectivas en la obra frente al riesgo de caída de materiales hacia zonas inferiores de trabajo, generándose un grave e inminente riesgo que se materializó con la caída de material hacia la zona en la que se hallaban los dos trabajadores», dice la sentencia.

Quirce Soler, según la resolución, «debió proporcionar a los trabajadores a su servicio las medidas necesarias para que pudieran desempeñar su trabajo en las adecuadas condiciones de seguridad para su vida e integridad física». Además, «no debería haber iniciado los trabajos de rehabilitación pues el plan de seguridad y salud de la obra, que tenía un contenido genérico, sin adaptarse a las características particulares de la obra en cuestión, todavía no había sido aprobado por la dirección facultativa».

De hecho, la encargada de su aprobación avisó al empresario de que «no podía iniciar la obra hasta que dicho plan se aprobara y se subsanaran algunos defectos de los que adolecía». Pese a la advertencia, ésta comenzó, circunstancia que la dirección facultativa «ignoraba».

El empresario no proporcionó cascos a los trabajadores y sólo entregó un arnés de seguridad a uno de ellos. Además, su empresa «carecía de organización de la actividad preventiva y que no había proporcionado a los dos trabajadores a su servicio ningún tipo de formación» en esta materia.

Leven Isakov Gargov sufrió lesiones y heridas en el cuero cabelludo y la cara, que le afectaron también al pabellón auricular derecho. Requirió 35 días para su curación, 23 de ellos incapacitado. Como secuelas tiene cicatrices en la cabeza o la cara.

Demilson Rodrigo sufrió un traumatismo craneoencefálico, entre otras lesiones. Tardó en curar 15 días, 12 de ellos incapacitado. También le quedaron cicatrices.

Fuente: Diario de Soria

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