El Banco de Alimentos de Valencia al borde del cierre por el recargo de prestaciones por un accidente de trabajo

El Banco de Alimentos de Valencia al borde del cierre por el recargo de prestaciones por un accidente de trabajo

El juzgado de lo social le ha impuesto un recargo de prestaciones de 200.000 euros
20 Mayo 2014

El Banco de Alimentos de Valencia podría tener sus días contados. Según ha alertado la entidad, tras ser condenados por el juzgado de lo Social número 16 de Valencia a pagar 200.292,46 euros por un recargo de prestaciones a la Seguridad Social a causa de un accidente laboral ocurrido en diciembre 2010, la continuidad de la organización estaría en peligro, por lo que han hecho un llamamiento a la solidaridad.

Así, además de no poder hacer frente al pago de tal cantidad -al ser una entidad benéfica-, al tener deudas con la Seguridad Social tampoco pueden percibir ayudas públicas. La asociación ha mostrado su "abrumadora indignación" por la sentencia, al tiempo que aseguraba que voluntarios, cooperantes y los colectivos que se nutren de los alimentos que ellos recolectan se encuentran "desolados".

El Banco de Alimentos de Valencia se constituyó en 1994 para cubrir las necesidades alimentarias de aquellas personas que se encuentran en situación de necesidad, y ha pasado de repartir alimentos a 1.500 personas al mes en 1995 a hacerlo a cerca de 52.000 el pasado año. Es decir, han pasado de repartir 100.000 kilos de alimentos hace nueve años a cerca de 5.500 toneladas en 2013.

Los grandes perjudicados, han advertido, son las familias "más necesitadas" de los alimentos que recogen, así como también criticaban la equiparación que se produce en la sentencia entre la empresa privada y el Banco de Alimentos, de forma que no se analiza el caso concreto sino que se llega a la condena "de una forma concreta".

Tras recibir una subvención, se contrató como jefe de almacén a una persona que había acreditado más de 152 meses de experiencia en empresas alimentarias ejerciendo ese cargo y 180 meses como conductor-operador de carretillas elevadoras, una función que ya ejercía como voluntario, por lo que recuerdan que, si hubiera desempeñado esa labor como voluntario, no se hubiera tratado como accidente laboral.

Según el Banco de Alimentos, el día del accidente colocó "por error" un palet de harina "de forma precipitada e irresponsable", sin las maderas de sujección que lo afirmaban en su base y apilándolo sin dejar espacio para que, en caso de caída, se vertiera sobre el interior, y el palet cayó y lo aprisionó produciéndole lesiones.

Inmediatamente, señalan, se le indemnizó según la cuantía establecida en la póliza, pero su reclamación contra el Banco de Alimentos "fue implacable", llegando a solicitar "el nombre de otro voluntario como responsable de la colocación palet para evitar responsabilidades, además de reconocer, en el momento del accidente, su culpa".

"Su imprudencia temeraria a la hora de colocar el palet es patente y esto eliminaría la condena del Banco de Alimentos de Valencia", agrega la entidad, que lamenta que la sentencia ha sido recurrida pero ejecutada de forma mecánica, con la consiguiente pérdida de subvenciones.

Finalmente, sin embargo, el Banco de Alimentos  logró reunir, gracias a aportaciones solidarias, la cantidad necesaria y ha podido realizar el pago,

Fuente: El Diario

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