El haber fumado reduce la indemnización por enfermedad profesional causada por el amianto

El haber fumado reduce la indemnización por enfermedad profesional causada por el amianto

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco reduce la indemnización en un 25% porque el afectado de asbestosis y cáncer de pulmón, también fumaba
22 Diciembre 2014

Fumar un paquete a la semana hasta 12 años antes de contraer cáncer, reduce en un 25% la indemnización de una muerte a causa de una enfermedad que el INSS declaró como profesional, según sentencia el TSJ del País Vasco.

Por resolución del INSS de 8.11.12 se declara como enfermedad profesional la causa del fallecimiento del trabajador que se imputa al cáncer de pulmón. Dejó viuda y dos hijos.

Al difunto también se le diagnosticó EPOC, asbestosis en 2007 y en marzo de 2012, el mes anterior a su fallecimiento, cáncer de pulmón.

El trabajador era fumador, en la sentencia también se determina su consumo de tabaco: 50 paquetes al año hasta que dejó de fumar, “cuando menos para finales de hasta 1999”, más de doce años antes de su muerte.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco considera que en dos de las tres enfermedades (EPOC y cáncer) tuvo influencia tanto el amianto como el tabaco.

Por este motivo aplica la compensación de culpas al establecer dos causas en la enfermedad que causó la muerte al trabajador. La primera, la exposición al amianto se atribuye a la empresa, pero la segunda, el hecho de ser fumador, se atribuye a la voluntad del trabajador.

Esta segunda causa se valora en un 25%, cuantía en la que reduce la indemnización, de 50.251,29 a 37.688,47.

Fuente: AEPSAL    

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