Nueva directiva radiaciones ionizantes

Nueva directiva radiaciones ionizantes

Deberá transponerse antes del año 2018
4 Febrero 2014

La nueva directiva 2013/59 que publicó el Diario Oficial el día 17 de enero establece normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes y deroga cinco directivas anteriores, por lo que constituye un nuevo marco en su ámbito de aplicación. Las disposiciones derogadas son las siguientes:
1. La Directiva 89/618/Euratom, relativa a la información de la población sobre las medidas de protección sanitaria aplicables y sobre el comportamiento a seguir en caso de emergencia radiológica.
2. La Directiva 90/641/Euratom, relativa a la protección operacional de los trabajadores exteriores con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada.
3. La Directiva 96/29/Euratom, por la que se establecen las normas básicas relativas a la protección sanitaria de los trabajadores y de la población contra los riesgos que resultan de las radiaciones ionizantes.
4. La Directiva 97/43/Euratom, relativa a la protección de la salud frente a los riesgos derivados de las radiaciones ionizantes en exposiciones médicas, por la que se deroga la Directiva 84/466/Euratom.
5. La Directiva 2003/122/Euratom, sobre el control de las fuentes radiactivas selladas de actividad elevada y de las fuentes huérfanas.

Cuando dicha directiva se traslade a la legislación española (antes del 6 de febrero de 2018) deberá sustituir al R.D. 783/2001 es decir al Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. La fuente de esta normativa siguen siendo las recomendaciones de ICRP (Comisión Internacional de protección radiológica) y en particular incorporarán las que aparecen en su publicación 103.

Respecto las modificaciones que puede suponer a la normativa vigente, no se cambian los límites de dosis efectiva aplicables ni a los trabajadores ni al público en general, si bien para el límite de dosis equivalente en cristalino se fija un valor más bajo del que se está aplicando.

Los cambios se centran en la exposición debida a fuentes naturales de radiación (como los niveles elevados de concentración de radón u otros isótopos), los trabajadores externos a las empresas o zonas con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes, en las exposiciones debidas a las prácticas médicas, en las exposiciones por emergencia radiológica, así como en una mayor clarificación en las responsabilidades. También se hace hincapié en la “justificación” y “optimización” de las prácticas que signifiquen la utilización de radiaciones ionizantes y el riesgo de exposición a las mismas.

Fuente: Diario Oficial de la UE

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