8 de Noviembre de 1995 - 8 de Noviembre de 2020 - Bodas de plata de la Ley PRL

8 de Noviembre de 1995 - 8 de Noviembre de 2020 - Bodas de plata de la Ley PRL

La que durante mucho tiempo hemos venido llamando "nueva" Ley de Prevención de Riesgos Laborales cumple en Noviembre de este año 2020 los 25 años desde su publicación. Ni es tan nueva ni tampoco ha sido el revulsivo que haya conseguido disminuir de manera muy significativa las cifras de accidentalidad y mortalidad laboral. En parte ha quedado en fuera de juego con las nuevas tecnologías pero también hay que reconocer que su aplicación ha tenido carencias que le han restado eficacia. Hay que revisar los puntos débiles y abordar una nueva etapa de mejoras legislativas. En cualquier caso es obligado felicitar a la Ley de PRL por sus "Bodas de Plata" y darle las gracias por lo positivo que nos ha aportado.
8 Noviembre 2020

El 8 de Noviembre de 1995 se publicó la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales en España trasponiendo gran parte del acervo jurídico derivado del NUEVO modelo europeo para la seguridad y salud de los trabajadores que nació en la modificación del Tratado Constitutivo de la Unión Europea por la llamada Acta Única, y que a tenor de cuyo artículo 118 A, los estados miembros vienen promoviendo la mejora del medio de trabajo para conseguir la armonización en el progreso de dicho objetivo a través de Directivas de condiciones mínimas. Cada país de la UE ha ido adaptando a sus estructuras políticas y administrativas el Sistema Marco que crea fundamentalmente la Directiva 391 CEE de 1989 como gran operador de la prevención comunitaria.

Los que vivimos este proceso con ilusión desde su génesis hasta su implantación hemos ido comprobando el grado de asimilación de la nueva fórmula por parte de empresas y trabajadores, de agentes sociales, de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, de Servicios de Prevención, de Técnicos de grado superior en las 4 especialidades, de Técnicos de grado medio, de Auditores, de Delegados de Prevención, de Formadores, de Investigadores de Accidentes, de especialistas en cada sector profesional, de Inspectores de Trabajo, de Abogados Laboralistas y de Magistraturas del Trabajo o Juzgados de lo Social, toda una cadena de profesionales que han ido posicionándose según el contexto general del sistema, que ha ido evolucionando hasta la situación actual, la cual desde las Universidades se puede analizar con sosiego y rigor.

Es bien cierto que transcurridos 25 años, ese ilusionante sistema referencial de la lucha de todos contra la siniestralidad laboral, no ha ido perfeccionándose en su desarrollo sino, a mi entender, se ha deteriorado. La “antigua” Nueva Ley ha envejecido muy pronto. Lo que podrían ser las “Bodas de plata” de una normativa ejemplar nos da suficientes motivos como para que en el pódium de reconocimientos no esté en el segundo escalón de la “Medalla de Plata”, ni tan siquiera merece estar en el pódium. Me ha costado mucho escribir este diagnóstico pues esta Ley Marco ha sido mi compañera de viaje como Inspector de trabajo, como investigador de accidentes, como perito judicial y como profesor, y “la quiero” como “novia” laboral, pero precisamente por este amor que no es ciego, debemos de ser lo suficientemente sinceros como para recomendarle un profundo “lifting” que posiblemente no sea suficiente como para recomponerla y hacerla más operativa y eficaz.

¿En qué ha fallado o en qué aspectos nos ha defraudado nuestra Ley 31/95 de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales?. Esta radiografía la abro con este artículo en mi Blog que se compromete a ir desmenuzando en sucesivos artículos, los aspectos mejorables y sobre todo aquellos puntos de la ley que por inercia, por conveniencia, por celo o recelo profesional o, lo más importante, por coyuntura económica y pereza administrativa, se han quedado en medio camino. Si. El arranque de una Marathón con perspectivas de medio siglo fue vibrante, pero se salió a ritmo de 100 metros lisos y las largas distancias requieren la pausa necesaria para no quedarse en Media Marathón, justo en el momento que estamos ahora.

Salvo que Europa opine lo contrario y nos saque un invento de la chistera de Directivas, habrá que asumir el Modelo establecido por la 89/331/CEE, pero entonces no quedará otro remedio que nuestros Departamentos de Trabajo se pongan la pilas para corregir los errores o para promover las adaptaciones que sean necesarias al objeto de notar de manera objetivamente clara una tendencia a la “Visión Cero” para el año 2050 que nos permita hacer pódium en nuestra Marathón profesional.

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