La fiscalía pide una administración de justicia “rápida y ágil” para reducir el tiempo que se tarda en dictar sentencia por un siniestro laboral
La fiscalía pide una administración de justicia “rápida y ágil” para reducir el tiempo que se tarda en dictar sentencia por un siniestro laboral
El Ministerio Fiscal reclama que la Administración de Justicia sea “rápida y ágil” para reducir los tiempos de espera desde que se detecta un siniestro laboral hasta el dictado de la sentencia por el juez de lo Penal. Así lo recoge la Memoria de la institución presentada, con motivo del inicio del año judicial, por el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, que dedica un capítulo a los delitos económicos. Adjuntamos el texto completo de la Memoria.
En concreto, el texto señala que en el ámbito penal, en 2016 se dictaron 611 sentencias frente a las 631 de 2015, lo que supone un descenso de 20, y de las 611, la mayoría (408) fueron condenatorias. Los juzgados de lo Penal tardaron una media de 79,61 meses en dictar estas sentencias condenatorias en 2016, una media superior a la registrada en el año 2015 que fue de 68,75 meses.
Por tanto, la media de plazo de tiempo para dictar sentencias condenatorias es de 6 años y 6 meses respecto de la fecha del accidente.“Este largo lapso de tiempo implica, además, una mayor dificultad para celebrar el juicio y sostener el escrito de acusación ante la eventual falta de localización de acusados y testigos y la lógica falta de precisión de sus declaraciones tantos años después de ocurridos los hechos”, según la Fiscalía.
Mientras, el tiempo trascurrido desde que los Juzgados de lo Penal dictan sentencia hasta que las Audiencias Provinciales resuelven los recursos de apelación que se han planteado contra las mismas es de media de 11,88 meses, muy próximo al año.
El Ministerio Fiscal concluye que un accidente de trabajo que agota la vía judicial tiene una media de duración de 92,54 meses, o lo que es lo mismo 7,71 años, “plazo que mal puede conjugarse con una rápida y ágil administración de justicia”.En este sentido, señala que “dentro de la acción del Gobierno sería deseable que hubiera no solo voluntad sino acción en el arreglo de los problemas que dificultan la agilidad, lo que debería plasmarse en leyes que hicieran un proceso de corta duración”.
LA SINIESTRALIDAD LABORAL "HA DESPERTADO"
Por otra parte, el organismo analiza los datos de siniestralidad laboral correspondientes a 2016 y que apuntan a un descenso en 2016, cuando se produjeron 476 fallecidos frente a los 515 un año antes, lo que a su juicio, “no debe consolar”, ya que los accidentes graves y leves crecieron. La Fiscalía apunta que “aun cuando de forma particular los accidentes mortales han descendido, los números globales indican que la siniestralidad laboral, tras unos años de sueño letárgico, ha despertado nuevamente”.
Al respecto, apunta que “un ligero repunte de la economía ha producido un mayor número de accidentes, lo que habría que intentar evitar mediante un sistema reforzado de medidas preventivas”.
Entre otros asuntos, el Ministerio Fiscal traslada que la Unidad Especializada en siniestralidad laboral observa “con gran preocupación” la dificultad para conocer todos los procedimientos que se han incoado por los distintos Juzgados de Instrucción, y en particular, los que se inician por denuncia o por el parte de asistencia médica, quedando fuera del control de los fiscales.
Además, en el año 2016 se presentaron 4 escritos de acusación sobre hechos acaecidos en el año 2002, esto es 14 años después, y sigue existiendo un importante número de escritos de acusación sobre accidentes laborales acaecidos entre los años 2006 a 2012, aunque si se compara con el número de acusaciones presentadas en el año 2015 respecto del periodo de tiempo antedicho se observa una “clara tendencia a la disminución”.En cambio, en los procedimientos más modernos constata que se está reduciendo “considerablemente” el lapso de tiempo transcurrido desde que se produce el accidente laboral hasta que se presenta el escrito de acusación.
Fuente: La información