Al banquillo el encargado de la obra, el gerente de la empresa que realizaba la reparación y el gerente de la promotora por una muerte en accidente laboral

Al banquillo el encargado de la obra, el gerente de la empresa que realizaba la reparación y el gerente de la promotora por una muerte en accidente laboral

La Fiscalía pide dos años y seis meses para cada uno de los procesados y 140.000 euros en indemnizaciones
25 July 2016

Dos años y seis meses de prisión y tres años de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión es la petición de condena de la Fiscalía a los tres acusados por un accidente laboral ocurrido en octubre de 2013 en La Calzada, y que se saldó con la muerte de un joven trabajador de 33 años tras precipitarse al vacío desde el tejado que estaba reparando. La vista oral por este caso tendrá lugar el lunes en el Juzgado de lo Penal número 2.

El fallecido era trabajador de Carpintería Metálica Alfer, que se hacía cargo de la obra de reparación del tejado y los canalones de la nave industrial que la firma Estación de Servicios San Román García tenía en el ámbito de la avenida Príncipe de Asturias. Esa nave está alquilada a un bazar chino. De hecho, un cliente del local resultó con heridas en cuello y brazo tras caerle parte del falso techo en el momento del accidente.

Los acusados son el encargado de la obra y el gerente de la empresa que realizaba la reparación, Carpintería Metálica Alfer, y el gerente de la promotora de la obra, Estación de Servicio San Román García. La Fiscalía los considera responsables de hechos constitutivos de un delito contra la vida y salud de los trabajadores y "en concurso ideal" con un delito de homicidio imprudente.

Ellos deberán asumir "de forma conjunta y solidaria" los cerca de 140.000 euros en indemnizaciones. La mayor cuantía son 114.691 para la esposa del trabajador, 9.557 para cada uno de sus progenitores y 4.000 para su hermano. Se entiende desde la Fiscalía que el accidente se debió "al hecho de que se transitaba por una cubierta de materiales ligeros sin disponer de ningún medio de protección colectiva y a la no utilización del equipo de protección individual anti-caídas" y se explica que no había coordinador de seguridad ni desarrollado evaluación de riesgo.

Fuente: La Nueva España

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