LEY DE IGUALDAD: La figura del Agente de Igualdad

LEY DE IGUALDAD: La figura del Agente de Igualdad

Friday, 30 October 2009

Los distintos intentos de introducción de políticas de igualdad en la sociedad española no tuvieron la referencia sólida de una reglamentación convencional que de manera permanente fijara las reglas del juego, hasta la aparición de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres que se autodefinió como una “ley-código” que no solo sentaba principios y pautas en su articulado de gran relevancia institucional, sino que en las Disposiciones Transitorias, aparecían aspectos concretos y prácticos en orden al mundo del trabajo que generaban modificaciones sustanciales en el Estatuto de los Trabajadores, en la ley de la Seguridad Social, en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en la Ley de Procedimiento Laboral, en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social y en normativas de inferior rango, pero que afectaban a temas tan trascendentes, como pueden ser; las contrataciones.

El año 2007 se erigió como un gran año de desarrollo de normativa social en España que en los años sucesivos ha ido asumiéndose en un proceso de información y asimilación de sus contenidos. La Ley de Igualdad se ha ido conociendo gracias, en gran parte, a sesiones informativas que los distintos Colegios Profesionales y consultorías han ido organizando. Y el grado de conocimiento de dicha Ley 3/2007 en los distintos sectores empresariales, se ha ido detectando según las iniciativas de las empresas de más de 250 trabajadores en disponer del obligatorio Plan de Igualdad o en crear sus Unidades de Igualdad.

Sin embargo, hay que resaltar que la obligatoriedad de cumplimiento de la Ley de Igualdad alcanza a TODAS y CADA UNA de las empresas de nuestro país. Es por ello que deben adoptarse medidas en todas ellas para fomentar la Igualdad de Oportunidades, la lucha contra el Acoso Sexual y Laboral por razón de sexo, o el uso del lenguaje no sexista, entre otras acciones. Y es aquí donde aparece el/la Agente de Igualdad como figura principal y valedora del cumplimiento normativo.

El/la Agente de Igualdad es el/la profesional cuya misión es diseñar, implementar y evaluar políticas de Igualdad de Oportunidades; asesorar en la puesta en marcha de proyectos, programas o planes para la integración de la perspectiva de género en instituciones, empresas y organizaciones varias; así como dirigir, gestionar, coordinar, dinamizar y evaluar planes, programas y proyectos de acción positiva en los diferentes escenarios profesionales.

Sin pretender establecer un “numerus clausus”, entre las diferentes funciones del Agente de Igualdad de Oportunidades figuran:

  • Participar en la elaboración del análisis o diagnóstico inicial de la realidad de la empresa en materia de Igualdad.
  • Participar en la elaboración y coordinar la implementación del plan de igualdad .
  • Promover la adopción de medidas concretas a favor de la igualdad.
  • Realizar el seguimiento y el control de la aplicación del principio de igualdad de oportunidades y de las medidas incluidas en el plan de igualdad.
  • Participar en las campañas de sensibilización del personal con objeto de implicar a todo el personal.
  • Participar en la elaboración del protocolo de actuación en caso de acoso sexual o por razón de sexo.
  • Verificar el uso de lenguaje no sexista en la documentación, información y en las campañas de comunicación o publicidad.
  • Velar por el cumplimiento de la legislación vigente en materia de igualdad.
  • Detectar y comunicar cualquier trato discriminatorio.
  • Proponer medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Se trata, sin duda alguna, de una nueva perspectiva profesional que en muchas ocasiones recae sobre el perfil profesional del Prevencionista, tanto por su posición dentro de la empresa (muchas veces dentro de los departamentos de RRHH), como por las claras similitudes que existen entre la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la Ley de Igualdad.

La Igualdad de Oportunidades, a través de la figura del Agente de Igualdad, se convierte en un activador de la economía, como generador de empleo y como un elemento más de crecimiento económico potenciador del bienestar social en las empresas.

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