La “maravillosa” historia de los SPA

La “maravillosa” historia de los SPA

Un prevencionista con un cargo destacado en un SPA nos explicará su experiencia en el marco del Congreso ORP, en el workshop “El papel de los técnicos de prevención”, el miércoles 21 a las 11:30 en la sala Gestión. Antes queremos hacer un poco de historia.
13 Mayo 2014

Los Servicios de Prevención Ajenos (SPA) se crearon con la Ley de PRL (1995), que tuvo su desarrollo en el Reglamento de los SP (RSP)

Seis años (6) tardó en transponerse la Directiva Marco (1989) a nuestra LPRL, no por dificultades jurídicas, sino por presiones económicas al Gobierno de turno. Debemos tener muy claro que se trataba de crear una nueva profesión, profesión de contratación obligatoria, que iba a generar elevados movimientos económicos y hubo quien hizo lo imposible por obtener los máximos beneficios.

Así, aunque la Directiva Marco diga:

“... el empresario designará uno o varios trabajadores para ocuparse de actividades de protección y de actividades de prevención de los riesgos profesionales de la empresa ...” (art. 7.1)

 “Si las competencias de la empresa ... son insuficientes para organizar dichas actividades de protección y de prevención, el empresario deberá recurrir a competencias (personas o servicios) ajenas a la empresa ...”  (art. 7.3)

En España se decidió obviar la referencia a personas, a profesionales, a técnicos, en beneficio de los servicios, de los SPA. El resultado fue que, por primera vez en la historia de España, una profesión técnica no iba a poder ser ejercida por profesionales autónomos.

En un principio, las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS) crearon sus propios SPA, y se retroalimentaron de sus empresas mutualistas. Pero también nacieron multitud de SPA, y ya entonces empezó una guerra de precios que con la crisis actual se ha recrudecido hasta límites fuera de toda lógica. Baja temeraria se llama en contratación pública y es causa justificada para no contratar.

Entre los recién creados, hubo multitud de SPA que sólo se acreditaron en 2 especialidades (seguridad y ergonomía y psicosociología). Los crearon principalmente prevencionistas, para poder ejercer en un nicho de mercado que descartaba las empresas con riesgos higiénicos, por el coste que suponía acreditarse. Hay que ver que se debe hacer a veces para poder trabajar.

Más adelante se tomaron dos medidas de dudosos resultados. La primera, obligar a las Mutuas a separarse de sus SPA y la segunda obligar a los SPA a acreditarse en las cuatro especialidades.

Sobre la primera, el Tribunal de Cuentas señaló “la situación de privilegio de las mutuas respecto del resto de los servicios de prevención ajenos y la financiación encubierta de su actividad como tales con cargo a los fondos de la Seguridad Social que gestionan”. Por ello, el Gobierno se decidió a separar MATEPSS de SPA, aunque hubo quien advirtió, antes de la publicación del decreto de separación, de que las nuevas sociedades de prevención no serían económicamente viables a medio plazo y apuntó alternativas más beneficiosas para todos los implicados, sobretodo para la Prevención.

El primer paso fue la publicación del RD 688/2005, que separó más en lo formal que en lo práctico. Cinco años después, la Ley 32/2010 modifica el art. 32 de la LPRL y establece directamente que:

Las MATEPSS “no podrán desarrollar directamente las funciones correspondientes a los servicios de prevención ajenos”.

Y pasaron a desarrollarlas indirectamente.

La efectiva separación está cerca. El 20 de diciembre de 2013 se aprobó el anteproyecto de la Ley de mutuas de la Seguridad Social, que estipula la obligación de las MATEPSS de vender sus Sociedades de Prevención antes de 31 de diciembre de 2014. Como curiosidad, la Seguridad Social frenó la venta de FREMAP el verano pasado.

A destacar que se ha estimado que los SPA de las MATEPSS suponen el 60% del sector de la prevención y dan empleo a cerca de 10.000 personas.

Primera conclusión:

En este sector, empezar mal y cambiarlo todo para terminar peor.

Otro cambio radical a lo largo del tiempo lo han sufrido los SPA no vinculados a las MATEPSS, creados a imagen y semejanza del primer RSP y modificados por sus modificaciones. Comentamos las principales.

Por el RD 337/2010, de 19 de marzo, se estableció el plazo de un año para que los SPA se acreditaran en las cuatro especialidades, otorgando un aplazamiento de dos años a los SPA que sólo les faltaba la Medicina del Trabajo. Por tanto, sólo uno para los que pudieron acreditarse con pocos recursos, según hemos comentado. Pocos lo hicieron.

Uno de los que no renovó la acreditación fue Lluís Mallart Casamajor, uno de los grandes especialistas en amianto de España. Creó un SPA para impartir cursos de desamiantado a trabajadores ... por este RD tuvo que dejar de hacerlo. Ahora los imparte a técnicos de prevención, además de ejercer como consultoría. Esto se llama arrinconar a los mejores, no me sirve “efectos colaterales”.

Finalmente, el plazo límite se fijó en el 5 de julio de 2013, después de la publicación del RD 843/2011, que también establece los requisitos que deben cumplir los SPA en relación a la MT.

Segunda conclusión:

En este otro sector, empezar mal y cambiarlo para terminar peor.

Situación actual:

No es fácil saber cuántos SPA existen en España. La principal fuente de datos, el portal SERPA, del Ministerio de Empleo y SS, sólo facilita los SPA autorizados en cada provincia, no los acreditados (NOTA: Los datos que siguen y no tienen enlace se han obtenido de ese portal)

Como ejemplo, actualmente existen 71 SPA acreditados en Andalucía y 88 en Catalunya aunque pueden ejercer muchos más, del resto de España. En concreto, pueden ejercer las cuatro especialidades 118 SPA en Sevilla y 179 en Barcelona.

En esta diferencia está jugando su papel la “picaresca”, permitida por el Gobierno, de muchos SPA que se han acreditado de la Medicina del Trabajo en una sola provincia, cuando ejercen en ámbito estatal o autonómico sólo las otras especialidades. De las dos provincias citadas, la especialidad de Seguridad la pueden ejercer 225 SPA en Sevilla y 266 en Barcelona. Un 65% más.

Debemos mencionar que esta “picaresca” no se da en Catalunya. En el enlace anterior a la autoridad laboral se puede comprobar que todos los SPA están acreditados en las cuatro especialidades en todas las provincias en que ejercen, excepto uno, pero en sentido contrario. Se trata del SPA Revisiones y Servicios Médicos Lleida, SL, que está acreditado por las cuatro especialidades en Lleida y por Medicina del Trabajo en toda Catalunya.

Más. Según el Instituto Nacional de Estadística, el 1 de enero de 2013 existían en España 130.250 empresas de más de 5 trabajadores, y sólo 30.764 de más de 20.

En esta realidad empresarial, habrá  que ver el impacto de la nueva campaña del INSHT para ayudar a  las empresas de menos de 25 trabajadores a gestionar la prevención, campaña dotada con 1,7 millones de euros.

Última conclusión:

Mucho SPA para tan poco mercado. Para sobrevivir en este mundo, el futuro apunta hacia la especialización de calidad frente a la "fidelización de quioscos".

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