HAY ACCIDENTES LABORALES INEVITABLES?.. Es previsible lo fortuito?

HAY ACCIDENTES LABORALES INEVITABLES?.. Es previsible lo fortuito?

Hay accidentes, bien de tráfico, bien laborales, que se producen en un contexto inesperado y cuyo agente productor se esconde entre responsabilidades dispersas u ocultas que, en caso de demandar indemnizaciones por la parte que resulte perjudicada (daños patrimoniales al empresario o lesiones para las víctimas o familiares), aparece el concepto de FUERZA MAYOR o con su variante menor de CASO FORTUITO que pretenden priorizar el concepto de imprevisto o de inevitable. Sería el caso de un desprendimiento de una roca en un desmonte que cae sobre una carretera abierta al tráfico en el momento en que pasa un vehículo que recibe el impacto. Sería también el caso de una puesta en marcha de una máquina en horario de limpieza de obligada detención que lesiona o mata a un trabajador de mantenimiento? o sería el caso de una electrocución por error en una conexión eléctrica?. Si en la causa original hay error humano por acción u omisión es muy difícil encuadrar el accidente en causas fortuitas o de fuerza mayor.
9 Mayo 2018

La prevención es una técnica genérica que pretende que las personas físicas o jurídicas de las que depende proteger a su entorno de familiar o laboral, tomen medidas para evitar que se produzcan accidentes y que si llegan a producirse tengan las menores consecuencias posibles para quien puede estar sometido a riesgo. Esta prevención tiene sus técnicas de detección y de corrección y tanto los técnicos de los servicios de prevención como los ingenieros industriales y de caminos, según sean riesgos de tráfico o de trabajo, utilizan los procedimientos convencionales para cubrir todas las eventualidades que puedan producirse. 

¿Dónde está el límite de la previsibilidad?. El ejemplo de la caída de una piedra sobre una carretera es emblemático porque viene ocurriendo y en cada caso nadie se resiste a reconocer que el caso no tiene detrás unos responsables que tenían que haber previsto y en todo caso, evitado, la producción de la caída de la roca.

La normativa de carreteras se esfuerza en delimitar y objetivar el marco del entorno transversal de una vía pública, más allá del arcén, la cuneta y los taludes, definiendo los espacios de proyecto y las áreas de servidumbre, pero todo ello se complica cuando los proyectos ya no son de construcción sino de acondicionamiento o transformación que requieren obra civil porque tienden a basarse en proyectos anteriores con estudios geológicos o geotécnicos sobre terrenos que han podido presentar variaciones estructurales o topográficas según movimientos de terrenos y subsuelos. La caducidad de un proyecto antiguo es susceptible de no existir nunca según los elementos de previsión técnica de que se traten.

Una caída de una piedra, aislada, imprevista, súbita, de imposible predicción en los proyectos de carreteras ni en los programas de prevención o de mantenimiento de las mismas y que acaba siendo el mismo contexto que la caída de un rayo, la comisión de un atentado o la producción de un terremoto que entraría en el concepto de fuerza mayor o causa mayor como un hecho que no se puede evitar y tampoco se puede prever y que tiene gran importancia a la hora de establecer la responsabilidad por los daños producidos y que habitualmente los asesores o funcionarios jurídico administrativos de los órganos de carreteras prevén en las cláusulas contractuales donde se contemplan los supuestos que puedan presentarse. También podría plantearse el caso fortuito como escalón anterior a la fuerza mayor como aquel evento que ni pudo ser previsto ni, de haberlo sido, podría haberse evitado. Ello exonera de responsabilidades a los prevencionistas de quienes dependen la seguridad de los patrimonios o personas afectadas por el suceso súbito imprevisto.

No es especialmente distinto el caso de un hundimiento de un edificio o el caso de la rotura de una máquina o el caso de una electrocución que sorprenda a los responsables de seguridad de una empresa, y que en los análisis de las causas, buscan errores materiales o técnicos en fabricantes, instaladores o empresas de mantenimiento.

Cuando en todo el proceso de investigación prevalece el silencio o la falta de argumentos justificativos del suceso, los planteamientos jurídicos se fundamentan con mayor posibilidad de éxito en los conceptos de fuerza mayor o caso fortuito. Los Tribunales Supremos de Justicia se han pronunciado favorablemente y la jurisprudencia lo demuestra. Son procesos largos, en ocasiones agotadores, y en el camino, muchas veces aparece el error humano o técnico, pero si no, la Fuerza Mayor es la mayor de las fuerzas resolutorias.  

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