HACER LO NECESARIO EN EDUCACIÓN… ¡AHORA!

HACER LO NECESARIO EN EDUCACIÓN… ¡AHORA!

En este mismo sentido es palpable la responsabilidad del Estado en el caso de los accidentes escolares, pues, no hay duda que la creación de las condiciones de educación y el desarrollo de esta, es una de las mayores obligaciones de la entidad de derecho público, Estado.
21 Julio 2014

Nada resulta más frustrante que observar como los accidentes del trabajo siguien ocurriendo cada día, a pesar del esfuerzo de decenas de instituciones que realizan toda clase de actividades para dar a conocer los riesgos, las medidas de prevención y autocuidado, incluso las responsabilidades civiles y penales de los actores en el siniestro.

Los estados no se encuentran ajenos a la responsabilidad en los accidentes de todo tipo que cada día llenan las paginas de diarios y revistas y, castigan nuestra propia conciencia por medio de las crudas imágenes de la TV. Hace varios años ya, sosteníamos en el espacio internet de “Rxpamsiva”, lo siguiente: La Prevención de Riesgos Laborales es parte de las función del Estado conocida como Seguridad Social, elevada a rango de Garantía Constitucional por el artículo 19 N° 18, que el Estado garantiza:”El derecho a la seguridad social”.

Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado.

La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.

El Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social”.

(http://www.expansiva.cl/media/publicaciones/indagacion/documentos/200801...)

Se incorpora la Prevención de Riesgos a la Seguridad Social a través de la concepción de los Seguros Sociales, los que constituyen una forma de ejercicio de esta garantía constitucional. En efecto, uno de ellos es el Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. De hecho una forma muy inteligente de salvar al empresario o empleador, de los enormes gastos que significa asumir el cuidado, recuperación y rehabilitación del trabajador accidentado o enfermo como consecuencia del trabajo, o las pensiones por incapacidad o por muerte.

La pregunta que fluye del estudio de estas disposiciones es la siguiente ¿Si el Estado se encuentra a cargo de la supervigilancia del cumplimiento de las normas de seguridad social, entre ellas, la Prevención de Riesgos Laborales, y el trabajador se accidenta, enferma o muere, tiene responsabilidad en ello, especialmente mirado desde el deber de reparación, por incumplimiento de sus fines?

En este mismo sentido es palpable la responsabilidad del Estado en el caso de los accidentes escolares, pues, no hay duda que la creación de las condiciones de educación y el desarrollo de esta, es una de las mayores obligaciones de la entidad de derecho público, Estado.

Sin embargo, cuando la investigación nos lleva a descubrir que en Chile los accidentes de niños y niñas escolares son superiores a los 180.000 al año y que la perspectiva futura hace posible que a lo menos el %5 del universo estudiantil sufra un siniestro, nos provoca desilusión y angustia, desde que dicha cifra es extraordinariamente alta

Para un país que apenas bordea los  diecisiete millones de habitantes.

¿Qué podemos conclusiones podemos obtener de esta lamentable y dramática cifra?

1.- En primer lugar que la autoridad nuestra ha dejado materias de Seguridad Social en manos de la providencia, lo que lleva a pensar que nuestros niños y niñas no constituyen en los gobernantes un motivo de preocupación respecto a su seguridad. Lo que no es una apreciación subjetiva o malintencionada, sino es lo que emana precisamente de este hecho.

2.- Pero, el estado no único responsable de los escasos niveles de seguridad con que protegemos a nuestros educandos. También las corporaciones educacionales tienen parte de culpa, desde que es a causa o con ocasión de las labores escolares que los muchachos se dañan. Sin perder de visa que un importante número de estos  ciento ochenta mil escolares han sido dañados en trayecto a sus lugares de estudio. ¿Cuál es el fundamento de nuestra afirmación? Pues, la precariedad de la enseñanza en materia de Autocuidado, protección al compañero, solidaridad, buenas maneras de comportamiento, etc., que debieran  ser parte de la malla de estudio, desde que las escuelas y colegios, no slo imparten conocimientos, sino, valores y comportamiento social.

3.- Del mismo modo debemos concluir que el círculo vicioso se cierra en el hogar, por cuanto, se sabe y es notable como olvidamos en nuestra convivencia diaria impulsar, recordar, advertir y expresar temas relacionados con la autoseguridad  o comportamiento seguro en la calle, trabajo o escuela.

4.- Finalmente, y para no agotar  al posible lector, estimo que lo más grave, lo que realmente vale la pena atacar y establecer como tema de una reflexión más profunda,

es la consecuencia de no considerar por el estado y las corporaciones educacionales, la enseñanza de los principios de la prevención de riesgos, por cuanto, de ese modo el país está deteniendo el avance de la Cultura Preventiva y marginando de ella a las generaciones futuras. Al mismo temp, marcando con la cruz de la fatalidad a los futuros ciudadanos que por estas razones no tendrán posibilidad alguna de alcanzar los conceptos de trabajo seguro y de protección ante los riesgos.

Circunstancia agravante lo constituye el hecho que desde el punto devista legislativo el Estado reconoce esta necesidad. Para muestra un botón. En la dictación del Decreto de Educación Nº. 14 de 1984, ya se reconocía que: “El desarrollo de la Política de Seguridad Escolar y Parvularia se enmarca en el “Plan Escuela Segura” impulsado por el Ministerio de Educación, que tiene por objetivo potenciar y fortalecer un ambiente seguro y protector en todos los establecimientos educacionales del país, generando una cultura de protección y cuidado hacia los niños, niñas y adolescentes, tarea que es de responsabilidad de toda la comunidad educativa”.

Como se observa la idea es generar una cultura de protección y cuidado. Además, porque “en las últimas décadas se ha conocido y reconocido la importancia de la salud y seguridad como herramientas de desarrollo integral del ser humano en Chile, y también como un actor efectivo de desarrollo económico”.

Precisamente estas fueron las razones que motivaron el Decreto de Educación Nº 14 de 1984, Esto es hace ya treinta años y, es de imaginar que, si se hubiera cumplido en esa fecha, ahora tendríamos una generación educada bajo los conceptos de la Cultura Preventiva, con el resultado que en vez de  perder alrededor del % 6 a 7 del producto interno bruto en gastos de medicina, cirugía, rehabilitación o pensiones, hubiéramos ahorrado, como país, lo suficiente para asegurar a todos los chilenos la educación gratuita y de calidad.

Eso es lo que hemos perdido por  torcer la cabeza respecto a nuestra obligación como país..Pero, los países  son permanentes y eternos,  en relación a la vida de los hombres y no resulta tarde para ejecutar lo que el Decreto Nº. 14 de 1984 ordena hacer en estas materias.

La autoridad tiene la palabra.

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