SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS: NOVEDADES
SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS: NOVEDADES
La pareja formada por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención alumbraron ya va para veinte años un hijo al que llamaron “servicios de prevención ajenos”. El hijo nació problemático, pues tenía dos cabezas: los servicios de prevención ajenos de las mutuas y los servicios de prevención ajenos “mercantiles”, es decir, empresas creadas específicamente para prestar esos servicios, para los que debía haber una gran demanda (los padres del engendro ya se habían ocupado concienzudamente de que la hubiese) y – presuntamente – grandes expectativas de beneficio.
Que habría problemas ya lo había anunciado años antes Concepción Serrano Herrera, la entonces directora del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, quien en declaraciones efectuadas al Diario de Navarra1 en junio de 1993: "Serrano se refirió a los redactores del texto legal [los anteproyectos de la ley de prevención] como personas que no eran ni profesionales de la prevención ni protagonistas de esa seguridad que estaban legislando" Y solicitó "que se vuelvan a reunir casi con un juramento de que todo lo que no sirva para mejorar la seguridad e higiene se quede fuera, lo mismo que los intereses corporativos". La respuesta fue matar al mensajero, y Serrano fue cesada al día siguiente.
Desgraciadamente, los hijos con dos cabezas suelen tener problemas y el que nos ocupa mostró bien pronto que sus padres no habían estado muy acertados. Los servicios de prevención ajenos “mercantiles” empezaron rápidamente a quejarse de que la otra cabeza gozaba de ventajas notables de las que ellos no podían disfrutar, y el informe Durán (2001) – entre otros – certificó que las quejas eran justificadas2 : “La concurrencia en el mercado de entidades... sometidas a tan diferentes condiciones...viene ocasionando distorsiones en el mercado... Estas distorsiones provienen de la doble condición de las Mutuas... [que] les permite una oferta de servicios que difícilmente pueden igualar el resto de entidades”.
Para resolver el problema Durán propuso3 : “Deslindar nítidamente en la actuación de las Mu-tuas su vertiente gestora de prestaciones y su actuación como entidades implicadas en el modelo de gestión de la prevención”. Y, además, “Aprobar cuanto antes la normativa... que regule la prohibición de que las Mutuas financien su actividad como servicios de prevención ajenos con cargo a los recursos públicos a los que acceden en su calidad de colaboradoras de la Seguridad Social”.
Las autoridades competentes para llevar a cabo estas recomendaciones hicieron caso omiso de las mismas, lo cual fue realmente sorprendente habida cuenta de que el informe Durán había sido fruto de una iniciativa personal del entonces presidente del Gobierno, el señor Aznar, quien además prologó personalmente el informe. Hubo que esperar a un nuevo gobierno quien – en el año 2005, forzado por un informe del Tribunal de Cuentas4 que básicamente retomaba los argumentos de Durán - tuvo que buscar solución al monstruo de dos cabezas, cosa que intentó mediante la creación de las sociedades de prevención de las mutuas (Real Decreto 688/2005).
El tiempo puso de manifiesto la inviabilidad económica de esas sociedades, algo que por otra parte ya había sido anunciado antes de la publicación del citado Real Decreto5; muy pronto las sociedades de prevención empezaron a tener pérdidas importantes, por lo que la Seguridad Social se vio obligada a autorizar repetidos aumentos de capital con cargo al patrimonio histórico de sus mutuas propietarias.
Sobre esta cuestión es interesante recordar lo que declaró en el año 2010 Miguel Ángel Díaz Peña, director General de Ordenación de la Seguridad Social, a la revista Seguridad y Salud en el Trabajo, órgano oficial del INSHT6 , "La Administración ha hecho lo posible para que las sociedades de prevención sean viables... Esperamos que en el medio plazo, una vez que se remonten las mayores dificultades generales de la economía, también la mejor coyuntura va a venir nuevamente a permitirles la viabilidad."
El tiempo se ocupó de demostrar que "lo posible" no fue suficiente y, finalmente, el Gobierno, mediante la ley 35/20147, decidió obligar a las mutuas a vender o liquidar las sociedades de prevención antes de que sucediera lo inevitable y la Seguridad Social tuviera que acabar pagando los platos rotos, es decir, el agujero de las sociedades de prevención.
Hasta aquí, nada de sorprendente. En el fondo era previsible y algunos advirtieron inútilmente de lo que iba a suceder. La sorpresa nace cuando se empiezan a conocer los resultados de la forzosa y apresurada venta de las sociedades de prevención figura 1).
Figura 1. Operaciones de compraventa de las sociedades de prevención. Fuente: ASPRECAT8
En el lado de los vendedores la gran mayoría se desprende obedientemente de sus respectivas sociedades de prevención vendiendo - supuestamente - al mejor postor y con el permiso de la Seguridad Social en un proceso que ha estado presidido por la opacidad. En ese grupo se integra FREMAP, la mayor sociedad de prevención, que por sí sola representa un 15% de la facturación del sector (sociedades de prevención + SPA “mercantiles”), estimada por ASPRECAT en 800 millones de euros en el año 20139 .
Una minoría, sin embargo, se inclina por opciones más imaginativas: la compra de la sociedad de prevención por sus directivos - ¿con qué financiación? – y/o por empresas mutualistas. En nuestra opinión estas opciones permitirán que la mutua continúe controlando en buena medida las ex- sociedades de prevención, aunque de iure se trate de entidades totalmente ajenas a ella.
Pero es sobre todo en el lado de los compradores donde surge la sorpresa: cuatro de las cinco mayores sociedades de prevención, que totalizan el 35% de la facturación del sector, son adquiridas por la misma empresa – IDC Salud – que anteriormente no participaba en el llamado mercado de los servicios de prevención ajenos. Será, con gran diferencia, el líder del sector (figura 2). Y de ahí el desconcierto.
Figura 2. Ranking del sector de los SPA a partir de junio de 2015. Fuente: ASPRECAT10
Porque, efectivamente, el sector está desconcertado. Quienes han llegado vivos hasta aquí – muchos se quedaron por el camino – y que ahora se las prometían relativamente felices al haber definitivamente desaparecido “la otra cabeza” y suponer que, al fin, iba a instaurarse el fair play, se encuentran con un competidor cuyo tamaño le permitirá, sin duda, controlar de facto un sector en el que el resto de los competidores serán minúsculos en comparación con IDC Salud.
Un competidor que, además, ha pagado un precio que fuentes del sector sitúan alrededor de los 100 millones de euros por una facturación estimada en unos 230 millones al año, un precio que, al parecer, ha sido un 30% superior al de las mejores ofertas alternativas11 y que querrá rentabilizar rápidamente. No se olvide que IDC Salud está controlada por el fondo de capital riesgo CVC.
Por otra parte, surgen muchas preguntas: ¿Por qué un potente grupo empresarial que se define a sí mismo como "la compañía líder en España en prestación de servicios sanitarios"12 entra en un sector en el que hasta ahora los "servicios sanitarios" se reducían a una vigilancia de la salud que en la mayor parte de los casos no pasaba de ser una reedición del tradicional reconocimiento médico?
¿Qué beneficios pueden esperarse en un sector en el que sus principales operadores se han mostrado incapaces de lograr beneficios? Recuérdese que no solo las sociedades de prevención han tenido que ser vendidas ante su ruina inminente, sino que el mayor de los servicios de prevención ajenos “mercantiles” – el grupo MGO – ha terminado con los libros en el juzgado y siendo adjudicado en una subasta judicial.
En otras palabras, si los SPA no son negocio en su formulación tradicional y alguien como IDC Salud invierte en ellos es porque piensa que es posible mejorar su rentabilidad no solo mejorando la calidad de la gestión, sino también probablemente por otros medios. Por ejemplo, aprovechando la tradicional confianza existente entre las mutuas y las empresas para vender prestaciones sanitarias relacionadas con el envejecimiento de la población laboral, un mercado que en España, con una de las peores perspectivas demográficas de la Unión Europea, tiene sin duda mucho futuro.
Otra posibilidad es la comercialización de servicios relacionados con el control del absentismo, un fenómeno sobre el que los medios de comunicación informaron recientemente de que, tras seis años de reducción, está repuntando de nuevo13.
También caben especulaciones maliciosas. Por ejemplo, ¿será la de IDC Salud una inversión meramente financiera destinada a ser vendida más pronto que tarde a alguien que sí tiene mucha experiencia en el sector pero que no desea, en este momento, aparecer como comprador? ¿Se les ocurre alguien?
1 Diario de Navarra, sábado 26 de junio de 1993
2 Durán López, F. Informe sobre riesgos laborales y su prevención. La seguridad y la salud en el trabajo en España. Madrid. Presidencia del Gobierno. 2001. Página 90.
3 Idem página 91.
4 Disponible en: http://www.tcu.es/repositorio/bfbad7dc-7283-48b9-bdb5-b9b4de50b689/I_R672.html.pdf
5 Castejón, E. Crespán, J. La separación de los servicios de prevención ajenos de las mutuas: otro mundo es posible. Arch Prev Riesgos Labor 2005; 8 (2): 56-5. Disponible en:
http://www.scsmt.cat/Upload/TextComplet/1/1/114.pdf
6 INSHT. Entrevista a M.A. Díaz Peña. Seguridad y Salud en el Trabajo. 57, mayo 2010.
7 http://www.boe.es/boe/dias/2014/12/29/pdfs/BOE-A-2014-13568.pdf
8 González Ruiz, M. El futuro de los SPA. Disponible en: http://prl.foment.com/es/cursos-prevencion-riesgos-laborales-anteriores/grupo-de-debate-prl-el-futuro-de-los-servicios-de-prevencion-ajenos#.VYEzh_ntmko
9 González Ruiz, M. Op. cit.
10 González Ruiz, M. Op. cit.
11 EL PAÍS 22/03/2015.
12 Página web de IDC Salud. Disponible en: http://www.idcsalud.es/es/quienes-somos
13 El Mundo, 16/6/2015. Disponible en: http://www.elmundo.es/economia/2015/06/16/558048baca4741164d8b45a5.html