Delgado, Antonio
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado / Real e Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Provincia de Sevilla / Alfonso XII, 51 / 41001 Sevilla, España
+34 95 497 96 00 / ricofseformacion@redfarma.org
Bueno, Pedro
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado / Real e Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Provincia de Sevilla / Alfonso XII, 51 / 41001 Sevilla, España
+34 95 497 96 00 / ricofseprevencion@redfarma.org
Muñoz, Nieves
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado / Real e Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Provincia de Sevilla / Alfonso XII, 51 / 41001 Sevilla, España
+34 95 497 96 00 / nievesmunoz@redfarma.org
Espín, Mª del Mar
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado / Real e Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Provincia de Sevilla / Alfonso XII, 51 / 41001 Sevilla, España
+34 95 497 96 00 / ricofse@redfarma.org
ABSTRACT
La realización en las Farmacias de determinaciones de parámetros sanguíneos como la glucosa o el colesterol ha supuesto la aparición de un nuevo riesgo en los trabajadores, el riesgo biológico, ya que para hacer estas determinaciones se usan equipos que disponen de agujas y/o lancetas. El Servicio de Prevención Mancomunado de Riesgos Laborales del Colegio de Farmacéuticos de Sevilla inició por este motivo una serie de actuaciones dirigidas a prevenir y reducir los posibles daños que pudieran producirse derivados del trabajo en la Farmacia.
Palabras clave
Riesgo biológico, agente biológico, protocolo de actuación, residuos biológicos
INTRODUCCIÓN
Cada día son más las Farmacias que realizan determinaciones de parámetros sanguíneos mediante el uso de aparatos o equipos, los cuales, utilizan agujas o lancetas que pueden provocar pinchazos en las personas que los manipulan. Debido a esto, el número de trabajadores expuestos a riesgos biológicos se ha incrementado últimamente entre el personal de las farmacias de Sevilla y provincia.
El RD 664/1997, de 12 de Mayo, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, establece en su Art. 1 que el objeto de este RD es “la protección de los trabajadores contra los riesgos para su salud y seguridad derivados de la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, así como la prevención de dichos riesgos”. Por lo tanto, la mejor estrategia preventiva que tenemos es el adecuado cumplimiento del texto de este Real Decreto.
Por exposición a agentes biológicos se entiende la presencia de éstos en el entorno laboral, pudiendo distinguirse tres grandes categorías de exposición a los mismos:
- Exposiciones derivadas de una actividad laboral con intención deliberada de utilizar o manipular un agente biológico, que constituye el propósito principal del trabajo. Ejemplo: industrias farmacéuticas (obtención de antibióticos)
- Exposición que surge de la actividad laboral, pero dicha actividad no implica la manipulación, ni el trabajo en contacto directo o el uso deliberado del agente biológico. Ejemplo: trabajos de asistencia sanitaria
- Exposición que no se deriva de la propia actividad laboral. Ejemplo: trabajador que sufre una infección respiratoria contagiado por otro.
El Art. 2 de este RD define el concepto de agente biológico como “microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad”.
Las actividades que comportan exposición a sangre y otros fluidos corporales potencialmente infecciosos son las denominadas actividades de riesgo biológico, y comprenden exposición a:
- Sangre y componentes de la misma como las plaquetas, eritrocitos, etc. y hemoderivados.
- Semen.
- Líquidos biológicos, como líquido cefalorraquídeo, secreciones vaginales, líquido sinovial, pleural, pericárdico, peritoneal y amniótico.
- Líquidos contaminados con sangre.
Los agentes biológicos se clasifican en función del riesgo de infección en cuatro grupos:
- Agente biológico del grupo 1: aquél que resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre.
- Agente biológico del grupo 2: aquél que puede causar una enfermedad en el hombre y puede suponer un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague a la colectividad y existiendo generalmente profilaxis o tratamiento eficaz.
- Agente biológico del grupo 3: aquél que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores, con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo generalmente una profilaxis o tratamiento eficaz.
- Agente biológico del grupo 4: aquél que causando una enfermedad grave en el hombre supone un serio peligro para los trabajadores, con muchas probabilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaz.
Grupos de riesgo de los agentes biológicos
Agentes biológicos del grupo de riesgo |
Riesgo Infeccioso |
Riesgo de propagación a la colectividad |
Profilaxis o tratamiento eficaz |
1 |
Poco probable que cause enfermedad |
No |
Innecesario |
2 |
Pueden causar una enfermedad y constituir un peligro para los trabajadores |
Poco Probable |
Posible generalmente |
3 |
Puede provocar una enfermedad grave y constituir un serio peligro para los trabajadores |
Probable |
Posible generalmente |
4 |
Provocan una enfermedad grave y constituyen un serio peligro para los trabajadores |
Elevado |
No conocido en la actualidad |
Grupos de riesgo de los agentes biológicos
Las principales vías de entrada de los diferentes microorganismos son:
- Vía Respiratoria: por inhalación de aerosoles.
- Vía Digestiva (fecaloral): por ingestión accidental.
- Vía Sanguínea, por piel o mucosas: como consecuencia de pinchazos, cortes, salpicaduras, etc.
- Agentes biológicos y aire interior: los microorganismos más preocupantes del aire interior son las bacterias, los virus y los hongos, aunque sin olvidar a los ácaros del polvo, susceptibles todos ellos de generar infecciones en el ser humano.
La exposición laboral a los patógenos transmitidos por la sangre (transmisión hemática) puede ocurrir de diversas formas. El mecanismo de transmisión más frecuente es la inoculación accidental por pinchazos con agujas contaminadas con sangre de pacientes infectados, siendo considerados todos los pacientes como potencialmente infecciosos.
El Servicio de Prevención Mancomunado del R.I.C.O.F.S.E. (Real e Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Provincia de Sevilla), dentro de las acciones en materia preventiva que desarrolla según la normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos realiza las evaluaciones de riesgo y la planificación de la acción preventiva de las Farmacias.
A las Farmacias inscritas en el Servicio de Prevención del Colegio se les ha llevado a cabo la identificación de los riesgos así como su posterior evaluación, incluyendo en ésta los riesgos biológicos.
La exposición a riesgo biológico se presenta en las Farmacias que realizan las determinaciones de parámetros sanguíneos siendo todas las demás susceptibles de estar expuestas por la colaboración de las Farmacias con los pacientes para la determinación de parámetros anteriormente citados y la recogida de los residuos
originados. Por lo tanto, el 100% de las Farmacias son susceptibles de estar expuestas a riesgo biológico.
Se realiza la evaluación del puesto de trabajo y del trabajador expuesto, lo que implica un estudio preciso de distintos aspectos:
- Descripción del puesto de trabajo.
- Probabilidad de diseminación del material infectado tanto en el proceso habitual como si ocurre un accidente.
- Vías de penetración: a través de heridas, etc.
- Frecuencia de la exposición.
- Factores relativos a la organización y procedimientos de trabajo.
- Conocimientos de los posibles riesgos por parte del trabajador, según su formación inicial y la recibida sobre su puesto de trabajo.
- Posibilidad de establecimiento de medidas preventivas así como del seguimiento de su aplicación.
Al identificar y evaluar los riesgos biológicos de las Farmacias se pueden recoger los siguientes aspectos:
- Falta de procedimientos de trabajo adecuados en el manejo de muestras sanguíneas.
- Falta de reconocimientos médicos adecuados por parte de los trabajadores.
- Falta de recipientes adecuados para la eliminación de los residuos.
- No utilización de equipos de protección individual.
- Falta de señalización de peligro biológico.
Dentro de las acciones correctoras que se proponen para eliminar o reducir este tipo de riesgos se encuentran:
- Elaboración de protocolos de trabajo adecuados: El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado del Colegio de Sevilla ha elaborado y enviado a todas las Farmacias protocolos de actuación sobre riesgo biológico cuya finalidad es eliminar o reducir el mismo. Esto ha facilitado a los trabajadores el cumplimiento de las medidas preventivas contribuyendo así a integrar la prevención en las tareas profesionales de la Farmacia.
- Reconocimientos médicos adecuados a la exposición a riesgos biológicos: El Art. 8 del RD 664/1997, de 12 de Mayo, establece que el empresario garantizará una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos por exposición a agentes biológicos y realizada por personal sanitario competente. Por ello, a los trabajadores de las Farmacias expuestos a estos riesgos se les aplican protocolos sanitarios específicos por exposición a los mismos.
- Utilización de equipos de protección: A los trabajadores de las Farmacias se les recomienda la adopción de medidas de protección colectiva o, en su defecto, de protección individual, cuando la exposición no pueda evitarse por otros medios.
- Eliminación de residuos generados en los contenedores biológicos adecuados: Uno de los residuos generados en las Farmacias son los residuos peligrosos pertenecientes al grupo III.a., encontrándose las agujas y otro material punzante y/o cortante dentro de este tipo de residuos. Para facilitar la eliminación adecuada de estos residuos, el Colegio de Farmacéuticos de Sevilla ha enviado a todas las Farmacias unos
contenedores específicos para eliminar estos residuos, a los cuales, se les da una eliminación adecuada a través de empresas Gestoras de Residuos Peligrosos reconocidas por la Junta de Andalucía.
- Señalización adecuada del peligro biológico: Se recomienda a las Farmacias la utilización de una señal de peligro biológico específica para advertir de dichos riesgos a los trabajadores de la misma.
- Establecimiento del procedimiento de actuación ante una exposición accidental a sangre: A las Farmacias inscritas en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado se les informa sobre el procedimiento de actuación por una exposición accidental a sangre. Se establecen una serie de acciones a realizar cuando exista contacto con sangre u otro material biológico de riesgo.
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ESPECÍFICOS PARA EL RIESGO BIOLÓGICO
El uso en las Farmacias de aparatos o equipos para la determinación de distintos parámetros sanguíneos mediante el uso de agujas y/o lancetas conlleva la aparición del riesgo biológico en las mismas.
El Servicio de Prevención Mancomunado del R.I.C.O.F.S.E. realiza las evaluaciones de riesgo y la planificación de la acción preventiva de las Farmacias inscritas en él, a las cuales, se les ha llevado a cabo la identificación de los riesgos así como su posterior evaluación, incluyendo en ésta los riesgos biológicos.
Entre las acciones correctoras propuestas para eliminar o reducir este tipo de riesgos se encuentra la elaboración de protocolos de trabajo adecuados para usar los equipos anteriormente mencionados. Estos protocolos de actuación tienen como finalidad eliminar o reducir el riesgo biológico y en su elaboración se ha tenido en cuenta su aplicación para cualquier equipo que se use por lo que se debe adaptar de forma individual a las peculiaridades que se siguen en cada Farmacia.
El Servicio de Prevención Mancomunado elaboró el Protocolo de Actuación y lo envió a todas las Farmacias de Sevilla y provincia ofreciendo la posibilidad de su envío por correo electrónico para realizar las modificaciones necesarias para adaptarlo a cada Farmacia. La elaboración de estos protocolos ha facilitado a los trabajadores el cumplimiento de las medidas preventivas y se ha convertido en una herramienta de trabajo eficaz tanto en la prevención de riesgos laborales como en el uso profesional de la misma, contribuyendo así a integrar la prevención en las tareas profesionales de la Farmacia.
Protocolo de Actuación
El Protocolo de Actuación específico para el riesgo biológico enviado a las Farmacias consta de los siguientes apartados:
- Higiene personal
- Medidas preventivas. Barreras físicas, químicas y biológicas
- Uso del equipo o aparato
- Residuos biológicos
- Accidente laboral con riesgo de exposición a sangre o fluidos corporales
Y Limpieza de la herida
Y Comunicación al Servicio de Prevención
Y Estado inmunológico del individuo accidentado
Higiene Personal
El protocolo de actuación comienza con una serie de normas de higiene personal, las cuales, constituyen la primera forma de prevenir los accidentes laborales. El lavado de manos es la norma más importante de higiene personal y se recomienda que se efectúe antes y después de atender a cada paciente y cuando las manos se hayan manchado con materiales potencialmente contagiosos. El lavado de manos se hará con agua y jabón y se secarán con toallas de papel desechable.
Si el trabajador tiene cortes y heridas es importante que las cubra con apósitos impermeables. Además, debe retirar tanto las joyas, anillos como otros elementos que dificulten la correcta higiene personal.
Medidas preventivas. Barreras físicas, químicas y biológicas
Las barreras físicas son el primer elemento de la prevención que se va a utilizar ante este tipo de riesgos. Como barrera física podemos encontrar guantes, batas y cualquier otro equipo de protección individual que sea necesario.
La elección de los equipos de protección individual debe corresponder a dos criterios: seguridad y confort. Es necesario tener en cuenta estos dos aspectos, por un lado, la seguridad nos garantiza una protección adecuada al riesgo específico y, por otro lado, el confort del equipo de protección individual nos asegura el uso del mismo por el trabajador.
Los equipos de protección individual deben ajustarse a lo dispuesto en el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Estos equipos serán utilizados para tareas concretas y operaciones puntuales que se realicen en la Farmacia.
- Guantes: Los guantes constituyen la barrera física más importante cuando se manejan este tipo de muestras en las Farmacias. Por ello, desde el Servicio de Prevención de Riesgos se recomienda su uso al manejar sangre, tejidos o fluidos potencialmente contaminados, objetos, materiales o superficies contaminadas por ellos y sobretodo si se realizan procedimientos invasivos. Los guantes reducen el riesgo de contaminación de las manos con sangre, pero no evitan los pinchazos o cortes causados por agujas u otros instrumentos afilados. El empleo de guantes tiene por objeto complementar, y no sustituir, una buena técnica de trabajo y unas prácticas apropiadas de control de infecciones, en particular el lavado correcto de las manos. Es importante cambiar los guantes tras el contacto con cada paciente (todos los pacientes deben considerarse potencialmente infecciosos) y si se rompen o perforan se deben lavar inmediatamente las manos y cambiarlos por otros nuevos. El uso de los guantes es obligatorio cuando el trabajador presente cortes, heridas o lesiones cutáneas, las cuales, deben cubrirse con apósitos impermeables antes de iniciar la actividad. Con las manos enguantadas no se deben tocar los ojos, la nariz, las mucosas o la piel. Se deben lavar las manos después de quitarse los guantes.
- Bata: Mientras se realizan las determinaciones en las que el trabajador de la Farmacia está expuesto a riesgo biológico, el uso de la bata es obligatorio. Una posible salpicadura de sangre constituye una vía de contagio para el trabajador, de ahí la importancia de cubrir al máximo todas las zonas expuestas. Las batas deben utilizarse en las situaciones en las que pueda darse un contacto con la sangre que puede afectar la propia vestimenta del trabajador.
- Otros (gafas protectoras, mascarillas, etc.): Si en la práctica realizada en la Farmacia se prevé una exposición sobre ojos, mucosas, etc… que implique un riesgo, se deberá proceder al uso de estos equipos de protección, teniendo siempre en cuenta los dos criterios fundamentales para su elección: la seguridad, es decir, una protección adecuada al riesgo específico y el confort.
Entre las barreras químicas de prevención, el uso de desinfectantes (povidona yodada, gluconato de clorhexidina, hipoclorito sódico, etc.) constituye una barrera importante una vez que se ha producido un accidente por el que el trabajador queda expuesto al riesgo biológico (corte, pinchazo, salpicadura, etc.).
A las Farmacias inscritas en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado se les informa sobre el procedimiento de actuación ante una exposición accidental a sangre, estableciéndose una serie de acciones, entre las que se encuentra el uso de desinfectantes (barrera química):
- Retirar el objeto.
- Limpiar la herida con agua corriente sin restregar, permitiendo a la sangre correr durante 2 o 3 minutos bajo agua corriente, induciendo al sangrado si es necesario.
- Desinfectar la herida con povidona yodada, gluconato de clorhexidina u otro desinfectante.
- Cubrir la herida con un apósito impermeable.
Como barrera biológica se encuentra la aplicación de protocolos sanitarios específicos para exposición a agentes biológicos.
Uso del equipo o aparato
Desde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y a través de los protocolos de actuación enviados a todas las Farmacias se establecen, de forma general, las medidas preventivas más importantes a tener en cuenta durante el uso del aparato. Cada Farmacia debe adecuar estas medidas preventivas al equipo específico usado por los trabajadores de la misma.
Las medidas preventivas más importantes a tener en cuenta son:
- No se debe tocar la punta de la lanceta una vez se haya insertado en el portalancetas y se haya retirado la cubierta protectora.
- Una vez terminado el análisis, se volverá a poner el tapón del dispositivo para proceder a sacar con cuidado la lanceta.
- Una vez se ha aplicado la gota de sangre sobre la tira reactiva, y se ha finalizado la medición, se procede a la retirada de la tira usada, usando para ello, la envoltura de aluminio en la que se encontraba la tira reactiva con el fin de evitar la exposición a la sangre del paciente.
Residuos biológicos
La realización de determinaciones de parámetros sanguíneos en la Farmacia ha propiciado la aparición de un tipo de residuo específico: residuo biológico.
El Art. 6 del RD 664/1997, de 12 de Mayo, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo establece la utilización de medios seguros para la recogida, almacenamiento y evacuación de residuos por los trabajadores, incluido el uso de recipientes seguros e identificables, previo tratamiento si fuese necesario. Estas operaciones deben
realizarse correctamente y en condiciones de seguridad para los trabajadores.
El Servicio de Prevención Mancomunado del R.I.C.O.F.S.E. ha implantado para las Farmacias de Sevilla un sistema de recogida de residuos biológicos generados en las mismas. Para ello, el Colegio de Farmacéuticos de Sevilla, aprovechando los sistemas de distribución de medicamentos, ha enviado a todas las Farmacias de Sevilla unos contenedores específicos con una capacidad de un litro donde se pueden depositar este tipo de residuos. Una vez lleno, se deben llevar al Colegio suministrándose a la Farmacia uno nuevo.
A estos residuos se les dará una eliminación adecuada a través de Empresas Gestoras de Residuos Biológicos reconocidas por la Junta de Andalucía.
Accidente laboral con riesgo de exposición a sangre o fluidos corporales
En el protocolo de actuación realizado por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Colegio de Farmacéuticos de Sevilla y enviado a todas las Farmacias se recoge el procedimiento a seguir ante un accidente laboral con riesgo de exposición a sangre o fluidos corporales.
En el procedimiento se recogen los siguientes aspectos:
- Limpieza de la herida: Tras un contacto accidental con sangre u otros fluidos corporales es importante quitarse los guantes de forma inmediata y lavarse cuidadosamente la herida con iodóforos (povidona yodada) que son activos frente a bacterias, microorganismos, virus lipídico y no lipídicos, así como frente a esporas. En personas alérgicas al yodo se puede emplear la cloramina. Cuando se trata de salpicaduras de sangre o fluidos corporales habría que proceder lavando con jabón y abundante agua la zona expuesta
- Comunicación al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado: En caso de producirse un accidente laboral con exposición a sangre o fluidos corporales, el trabajador deberá ir a la Mutua de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional para que evalúen su estado y emitan parte de accidente de trabajo (si procede). Todo accidente relacionado con sangre debe ser comunicado al Servicio de Prevención Mancomunado del Colegio. En caso de haberse producido un accidente de trabajo, una vez notificado el mismo, el Servicio de Prevención procede a realizar la investigación de dicho accidente. Se realiza la visita a la Farmacia para conocer todos los datos relacionados con el mismo (datos del trabajador, lugar, fecha, hora del accidente, descripción del accidente, localización y naturaleza de la lesión, etc.). Con esta información, se realiza la investigación del accidente, la cual, es enviada a la Farmacia.
- Estado inmunológico del individuo accidentado: Cuando pueda identificarse la fuente, previo consentimiento y tras haber sido informado, se procede a la extracción sanguínea para determinar los anticuerpos frente al antígeno del núcleo o core (antiHBcore) total, frente al VHC y los anticuerpos frente al VIH. Estos resultados podrán contrastarse con los datos obtenidos de los reconocimientos médicos de los pacientes. El reconocimiento médico se realiza según lo establecido en los protocolos médicos sanitarios e incluyen:
Y Determinación de marcadores para la Hepatitis A y C
Y Titulación de Anticuerpos Hepatitis B
Y Anticuerpos VIH
IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE RECOGIDA DE RESIDUOS BIOLÓGICOS
El RD 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo establece la necesidad de utilizar medios seguros para la recogida, almacenamiento y evacuación de residuos por los trabajadores, incluidos el uso de recipientes seguros e identificables, previo tratamiento adecuado si fuera necesario.
La gestión de los residuos biocontaminantes es objeto de legislación específica por parte de Comunidades Autónomas, Ayuntamientos y otros organismos públicos que describen procedimientos de segregación, clasificación, características de los envases de recogida para cada tipo de residuos, etc.
El Decreto 283/1995, de 21 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía supone un paso decisivo para la consecución de los objetivos propuestos por la Ley de Protección Ambiental en la materia, como es la gestión adecuada de todo tipo de residuos. Esta regulación es aplicable a los residuos sólidos urbanos, entre los que se encuentran los residuos biológicos y sanitarios.
Entre las distintas tareas que se realizan en las Farmacias se encuentra la realización de determinaciones de parámetros sanguíneos como la glucosa o el colesterol. Esto ha supuesto la aparición de un nuevo riesgo en los trabajadores ya que para realizar estas determinaciones es necesario el uso de agujas, lancetas y otro material cortante y punzante. Esta exposición a contaminantes biológicos por parte del personal de las Farmacias y el manejo de los equipos anteriormente citados (agujas, lancetas, etc.) hace muy importante la identificación y evaluación del riesgo biológico de los trabajadores de las Farmacias.
Las determinaciones de los parámetros sanguíneos generan un tipo de residuo considerado potencialmente peligroso. La legislación medioambiental vigente obliga a las empresas a eliminar los residuos peligrosos de manera controlada y a través de Empresas Gestoras de Residuos Peligrosos reconocidas por la Junta de Andalucía.
En las Farmacias se generan tres tipos de residuos potencialmente peligrosos:
- Aquellos que según la denominación oficial pertenecen al grupo III.a. residuos peligrosos sanitarios, que engloba: Y Residuos infecciosos Y Agujas y otro material punzante y/o cortante Y Vacunas vivas y atenuadas Y Residuos infecciosos de animales Y Sangre y hemoderivados en forma líquida
- Medicamentos caducados
- Residuos procedentes de Formulación Magistral.
Para los residuos generados en las Farmacias de los grupos 2 y 3 (medicamentos caducados y residuos procedentes de Formulación Magistral) existen procedimientos adecuados para su eliminación. Por ello, se hacía necesario implantar en las Farmacias un sistema de recogida de residuos biológicos para dar cumplimiento tanto a la Normativa de Prevención de Riesgos Laborales como a la Normativa Medioambiental.
El Colegio de Farmacéuticos de Sevilla firmó un contrato con una empresa gestora de residuos sanitarios del grupo III.a. inscrita en el Registro Oficial de Gestores para facilitar a todas las Farmacias la eliminación regularizada de lancetas,
agujas y cualquier residuo de los mencionados anteriormente.
En Julio de 2004, el Colegio de Farmacéuticos de Sevilla procedió a enviar a todas las Farmacias unos contenedores específicos para poder depositar estos residuos generados en las mismas, los cuales, habían sido suministrados por la empresa gestora de residuos sanitarios. Junto con estos contenedores se envió una circular informativa en la que se explicaba el tipo de residuos a depositar en estos contenedores y el procedimiento a seguir para la eliminación correcta de los mismos.
Los contenedores enviados a las Farmacias tenían una capacidad de un litro siendo el número de determinaciones de parámetros sanguíneos realizadas en las Farmacias el factor decisivo para la ocupación completa de los contenedores. Una vez llenos debían ser devueltos al Colegio, el cual, volvía a suministrar otros contenedores vacíos, garantizando así un adecuado almacenamiento y eliminación de este tipo de residuos.
La empresa gestora de residuos sanitarios procede a recoger los envases de residuos y repone el mismo número de contenedores retirados. Estos residuos son transportados hasta la planta de eliminación en contenedores homologados y autorizados y se les da un tratamiento y eliminación conforme a la normativa vigente.
Por lo tanto, el Colegio de Farmacéuticos de Sevilla ha conseguido implantar un sistema de recogida de residuos biológicos generados en las farmacias, lo cual, ha supuesto una mejora no solo en el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales sino también en la normativa medioambiental para todas las Farmacias adheridas al Servicio de Prevención Mancomunado.
FORMACIÓN E INFORMACIÓN SOBRE RIESGO BIOLÓGICO
La Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su Art. 19 establece que en cumplimiento del deber de protección, el empresario (Farmacéutico Titular) deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva.
Esta formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.
El Farmacéutico Titular de las Farmacias debe proporcionar al trabajador la adecuada información, instrucción y entrenamiento sobre los riesgos biológicos que afecten a su puesto de trabajo o función, y de las medidas de protección o prevención aplicables a dichos riesgos. Esta información no estará limitada a aquellos que trabajen directamente con los agentes biológicos, sino que también irá dirigida al resto del personal de las Farmacias.
Desde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado del Colegio de Farmacéuticos de Sevilla se ha realizado la impartición de formación sobre riesgo biológico a los trabajadores y Farmacéuticos Titulares de las Farmacias expuestas a este riesgo.
Formación
• Introducción
Y Justificación de la formación sobre prevención de riesgos laborales
Y Concepto de agentes biológicos
Y Actuación del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado del R.I.C.O.F.S.E.
- Uso de equipos y máquinas para la determinación de la glucosa
- Protocolo de actuación
Y Descripción del método de actuación ante una exposición a riesgos biológicos. Tipos de barreras.
Introducción
Introducción
La realización de determinaciones de parámetros sanguíneos en las Farmacias mediante el uso de aparatos o equipos que utilizan agujas o lancetas conlleva la aparición del riesgo biológico entre los trabajadores de las mismas. Por ello, es muy importante una formación específica y adecuada para el personal expuesto a riesgos biológicos en las Farmacias.
En primer lugar, es importante conocer el concepto de agente biológico y actividad de riesgo biológico, definiciones claramente definidas en el Real Decreto 664/1997, de 12 de Mayo, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Existen diferentes vías de entrada de los microorganismos (vía respiratoria, vía digestiva, vía sanguínea, etc.). La exposición laboral a los patógenos transmitidos por la sangre (transmisión hemática) puede ocurrir de diversas formas siendo el mecanismo de transmisión más frecuente la inoculación accidental por pinchazos con agujas contaminadas con sangre de pacientes infectados, pero ésta no es la única forma de transmisión ya que también puede efectuarse mediante salpicaduras de sangre en los ojos, en partes de la piel donde existan pequeños cortes o abrasiones y por contacto con las prendas o equipos contaminados con sangre fresca.
Es fundamental conocer las posibles vías de entrada de los microorganismos y los posibles mecanismos de transmisión para que el trabajador adquiera conciencia de la importancia del uso de los equipos de protección individual.
La normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales establece una serie de acciones en materia preventiva que son llevadas a cabo por el Servicio de Prevención Mancomunado del R.I.C.O.F.S.E. Entre ellas se encuentra la realización de evaluaciones de riesgo y planificación de la acción preventiva en las que una vez identificados y evaluados los riesgos, se proponen una serie de medidas preventivas y acciones correctoras para eliminar o reducir este tipo de riesgos.
Uso de equipos y máquinas para la determinación de glucosa
Una de las determinaciones más frecuentes que se realizan en las Farmacias y que suponen una exposición a riesgo biológico consiste en la determinación de parámetros sanguíneos (glucosa, colesterol, etc.) mediante aparatos o equipos que utilizan agujas o lancetas y que pueden provocar pinchazos en las personas que los manipulan.
Desde el Servicio de Prevención Mancomunado del R.I.C.O.F.S.E. se consideró la importancia de proporcionar una formación e información adecuada sobre el uso de estos aparatos a los trabajadores de las Farmacias.
Protocolo de actuación
La elaboración de protocolos de actuación de los aparatos o equipos usados en las Farmacias para llevar a cabo este tipo de determinaciones, constituye una de las principales formas de prevenir este tipo de riesgos.
Desde el Servicio de Prevención Mancomunado se han explicado a los trabajadores y Farmacéuticos Titulares expuestos a riesgo biológico los protocolos de actuación enviados a las Farmacias.
VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LAS FARMACIA
Según establece el Art. 22 de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario (Farmacéutico Titular) garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia solo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento exceptuándose de este carácter voluntario determinados supuestos establecidos en dicho artículo.
Por ello, el Colegio de Farmacéuticos de Sevilla concertó con una entidad acreditada la prestación de la especialidad de la Vigilancia de la Salud a las Farmacias inscritas en el Servicio de Prevención Mancomunado.
En materia de vigilancia de la salud, la actividad sanitaria deberá abarcar, en las condiciones fijadas por el Art. 22 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales:
- Una evaluación de la salud de los trabajadores inicial después de la incorporación al trabajo o después de la asignación con nuevos riesgos para la salud.
- Una evaluación de la salud de los trabajadores que reanuden el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales y recomendar una acción apropiada para proteger a los trabajadores.
- Una vigilancia de la salud a intervalos periódicos.
Estos reconocimientos médicos se realizan a los trabajadores de las farmacias bajo tres modalidades distintas:
- En la sede de la Unidad Básica de Salud concertada para la prestación de los reconocimientos médicos.
- En las instalaciones del Colegio de Farmacéuticos de Sevilla.
- En la Unidad Básica de Salud móvil de la entidad concertada, la cual, se desplaza por distintas zonas de la provincia de Sevilla.
Según el Art. 37 del RD 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, la vigilancia de la salud estará sometida a protocolos específicos u otros medios existentes con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador.
Por ello, a los trabajadores de las Oficinas de Farmacia se les lleva a cabo el reconocimiento médico de acuerdo con un protocolo base. En el caso de trabajadores expuestos a riesgos biológicos en las Farmacias, la Unidad Básica de Salud incorpora a este protocolo base un protocolo específico por exposición a riesgos biológicos para personal sanitario ya que según el Art. 8 el RD 664/1997, de 12 de Mayo, el empresario (Farmacéutico Titular) garantizará una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos por exposición a agentes biológicos.
Dicha vigilancia de la salud, se ofrece en las siguientes ocasiones:
- Antes de la exposición.
- A intervalos regulares en lo sucesivo, con la periodicidad que los conocimientos médicos aconsejen, considerando el agente biológico, el tipo de exposición y la existencia de pruebas eficaces de detección precoz.
- Cuando sea necesario por haberse detectado en algún trabajador, con exposición similar, una infección o enfermedad que puede deberse a la exposición a agentes biológicos.
De esta forma, la vigilancia de la salud queda integrada en el plan de prevención global de todas las farmacias inscritas al Servicio de Prevención Mancomunado y permite al empresario (Farmacéutico Titular) dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 14.2 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, garantizando la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, incluyéndose entre ellos la vigilancia de la salud.
CONCLUSIONES
- El Servicio de Prevención Mancomunado del R.I.C.O.F.S.E., dentro de las acciones en materia preventiva que desarrolla según la normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos realiza las evaluaciones de riesgo y la planificación de la acción preventiva de las Farmacias inscritas en el Servicio de Prevención, a las cuales se les ha llevado a cabo la identificación y posterior evaluación de riesgos incluyendo en ésta los riesgos biológicos. Una vez identificados y evaluados, se han propuesto una serie de acciones correctoras y medidas preventivas para garantizar un mayor nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
- El uso en las Farmacias de aparatos o equipos para la determinación de distintos parámetros sanguíneos mediante el uso de agujas y/o lancetas conlleva la aparición del riesgo biológico en las mismas. Entre las acciones correctoras propuestas para eliminar o reducir este tipo de riesgos se encuentra la elaboración de protocolos de trabajo adecuados para usar estos equipos cuya finalidad es eliminar o reducir estos riesgos. El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado elaboró un protocolo de actuación y lo envió a todas las Farmacias de Sevilla, las cuales, debían adaptarlo de forma individual a las peculiaridades que se siguen en cada Farmacia. La realización de estos protocolos de actuación sobre riesgo biológico por parte del Servicio de Prevención Mancomunado del Colegio de Sevilla ha facilitado a los trabajadores el cumplimiento de las medidas preventivas y se ha convertido en una herramienta de trabajo eficaz tanto en la prevención de riesgos laborales como en el uso profesional de la misma, contribuyendo así a integrar la prevención en las tareas profesionales de la Farmacia.
- La determinación de parámetros sanguíneos como la glucosa, el colesterol, etc. genera un tipo de residuo considerado potencialmente peligroso, encontrándose las agujas y otro material punzante y/o cortante dentro de este tipo de residuos. La legislación medioambiental vigente obliga a las empresas a eliminar los residuos peligrosos de manera controlada y a través de Empresas Gestoras de Residuos Peligrosos reconocidas por la Junta de Andalucía.
El Colegio de Farmacéuticos de Sevilla firmó un contrato con una empresa gestora de residuos sanitarios del grupo III.a. para facilitar a todas las Farmacias la eliminación regularizada de lancetas, agujas y cualquier residuo de los mencionados anteriormente.
Ha conseguido el Colegio, por tanto, implantar un sistema de eliminación de residuos biológicos para las farmacias, lo cual, ha supuesto una mejora no
solo en el cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales sino también en la normativa medioambiental.
- El Art. 19 de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario (Farmacéutico Titular) deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada en materia preventiva, la cual, deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo de cada trabajador. Por ello, el Farmacéutico Titular debe proporcionar al trabajador la información y formación adecuada sobre la exposición a riesgos biológicos y sobre las medidas de protección o prevención aplicables a dichos riesgos. Desde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Mancomunado se ha impartido formación para los trabajadores expuestos a estos riesgos dando cumplimiento a lo anteriormente mencionado.
- El Colegio de Farmacéuticos de Sevilla concertó con una entidad acreditada la prestación de la especialidad de la Vigilancia de la Salud a las Farmacias inscritas en el Servicio de Prevención Mancomunado. A los trabajadores se les lleva a cabo el reconocimiento médico de acuerdo con un protocolo base y para los trabajadores expuestos a riesgos biológicos se le incorpora además un protocolo específico para exposición a estos riesgos para personal sanitario.
De esta forma, la vigilancia de la salud queda integrada en el plan de prevención global de todas las farmacias inscritas al Servicio de Prevención Mancomunado y permite al empresario (Farmacéutico Titular) dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 14.2 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, garantizando la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, incluyéndose entre ellos la vigilancia de la salud.
BIBLIOGRAFÍA
[1] Decreto 283/1995, de 21 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
[2] Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos realizada por el Instituto nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
[3] Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
[4] Real Decreto 833/1988, de 20 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 10/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. [5] Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamentode los Servicios de Prevención.
[6] Real Decreto 664/1997, de 12 de Mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
[7] Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas deseguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.