La Comisión Europea toma medidas para mejorar la protección de los trabajadores y propone nuevos límites de exposición al plomo y a los diisocianatos

La Comisión Europea toma medidas para mejorar la protección de los trabajadores y propone nuevos límites de exposición al plomo y a los diisocianatos

Propone modificar la directiva “cancerígenos” (para el plomo) y la directiva “agentes químicos” para los diisocianatos
10 Abril 2023

En el caso del plomo, una reducción significativa del límite de exposición ayudará a prevenir problemas de salud en los trabajadores, por ejemplo, en relación con las funciones reproductivas y el desarrollo fetal. Para los diisocianatos, un nuevo límite de exposición evitará casos de asma y otras enfermedades respiratorias.

En términos concretos, la Comisión propone modificar dos directivas: para el plomo, la Directiva sobre la protección de los trabajadores frente a los riesgos relacionados con la exposición a sustancias carcinógenas o mutágenas y sustancias tóxicas para la reproducción en el trabajo y, en lo que respecta al plomo y los diisocianatos, la Directiva sobre la protección de los trabajadores de los riesgos relacionados con los agentes químicos en el trabajo.

Los cambios propuestos también serán esenciales para proteger a los trabajadores en el contexto de la transición hacia la neutralidad climática: es probable que se utilicen plomo y diisocianatos, por ejemplo, en la producción de baterías y en procesos para fabricar vehículos, encendedores eléctricos, en turbinas eólicas o como materiales aislantes durante la renovación de edificios.

Continuar bajando el límite de exposición al plomo

El plomo puede afectar la función sexual y la fertilidad, y dañar el feto en desarrollo o los hijos de mujeres expuestas. También puede dañar el sistema nervioso, los riñones, el corazón y la sangre de las personas expuestas. Según la evaluación de impacto de la Comisión Europea, 100 000 trabajadores en la UE están actualmente expuestos al plomo en el lugar de trabajo.

Desde 1982, la UE ha establecido límites de exposición ocupacional para proteger a los trabajadores de los efectos negativos del plomo para la salud.

Sobre la base de los datos científicos más recientes, la Comisión propone hoy: reducir aún más el límite de exposición ocupacional de 0,15 miligramos por metro cúbico (0,15 mg/3) a 0,03 mg/m3, y rebajar el valor límite biológico de 70 microgramos por 100 mililitros de sangre (70 µg/100 ml) a 15 µg/100 ml.

Si bien la fuerza laboral expuesta al plomo es predominantemente masculina, las trabajadoras pueden enfrentar riesgos adicionales, ya que el plomo puede afectar a las mujeres embarazadas y al feto en desarrollo. En consecuencia, la Comisión también recuerda que, para proteger mejor a las mujeres, es fundamental sensibilizar a las trabajadoras capaces de procrear y poner en marcha medidas específicas para minimizar los posibles riesgos y, además, garantizar que el nivel de plomo en la sangre de las mujeres en edad fértil no supere los valores de referencia para la población general que no esté expuesta profesionalmente al plomo en el Estado miembro de que se trate.

En los casos en que no se disponga de valores de referencia nacionales, los niveles de plomo en sangre en mujeres en edad fértil no deben superar la RAV de 4,5 µg/100ml.

Introducción de los primeros límites de exposición a diisocianatos

Los diisocianatos describen varios productos químicos que a menudo se agrupan en función de sus propiedades comunes y que pueden causar enfermedades respiratorias como el asma. Según la evaluación de impacto de la Comisión, 4,2 millones de trabajadores en la UE están actualmente expuestos a diisocianatos.

Actualmente no existen valores límite para los diisocianatos a nivel de la UE. Por lo tanto, la Comisión propone introducir, por primera vez, valores límite para proteger a los trabajadores contra la exposición a diisocianatos en el trabajo.

Estos valores límite se refieren al grupo nitrógeno, carbono y oxígeno de los diisocianatos, responsables de sus efectos nocivos para la salud: Un límite de exposición ocupacional general de 6 µg NCO/m3 (es decir, la concentración máxima de una sustancia en el aire que respira un trabajador durante un período de referencia dado, 8 horas) .

Y un límite de exposición a corto plazo de 12 µg NCO/m3 (es decir, un período de referencia más corto, 15 minutos). Se aplica cuando los efectos adversos para la salud de una sustancia no pueden controlarse adecuadamente con un límite de exposición general, por ejemplo, durante un período de exposición breve pero de alta intensidad. exposición).

Además de los valores límite, la Comisión propone "calificaciones", que son indicaciones añadidas a los valores límite, que alertan a los empresarios y trabajadores sobre una posible exposición por vías distintas a la inhalación, por ejemplo a través de la piel, y sobre la necesidad de aplicar medidas de protección.

Próximas etapas

La propuesta de la Comisión será examinada ahora por el Parlamento Europeo y el Consejo. Una vez que se adopte la directiva, los Estados miembros tendrán dos años para transponerla a la legislación nacional.

Contexto

La propuesta que se hace es el resultado de un proceso de consulta completo, que incluye una consulta en dos pasos de los interlocutores sociales, y una estrecha colaboración con científicos, pero también con representantes de los trabajadores, los empresarios y los Estados miembros.

Sigue los compromisos adquiridos en el marco estratégico de la UE sobre salud y seguridad en el trabajo para el período 2021-2027, en el que la Comisión anunció una propuesta de valores límite para el plomo y los diisocianatos.

También se deriva de la cuarta revisión de la Directiva sobre carcinógenos y mutágenos de marzo de 2022, habiendo ampliado su alcance a las sustancias reprotóxicas, que afectan a las funciones reproductivas. Esta propuesta incluye el plomo en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre agentes carcinógenos, mutágenos y tóxicos. También contribuirá a la implementación del Pilar Europeo de Derechos Sociales.

Adjuntamos la propuesta de la Comisión así como su correspondiente evaluación de impacto.

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