Nuevo Reglamento europeo sobre máquinas : luz verde para empezar las negociaciones entre el Consejo y el Parlamento Europeo
Nuevo Reglamento europeo sobre máquinas : luz verde para empezar las negociaciones entre el Consejo y el Parlamento Europeo
Como en su día informamos a nuestros lectores, la Comisión Europea tiene la intención de convertir la Directiva Máquinas en Reglamento. La diferencia es sustancial: un reglamento es directamente aplicable en todos los Estados miembros sin necesidad de transposición, un proceso dificultoso que a menudo da lugar a que los Gobiernos de los Estados miembros “barran para casa” en mayor medida de lo que sería deseable.
Las transposiciones “imaginativas” son a menudo fuente de conflictos entre la Comisión Europea y los Estados miembros, conflictos que a menudo acaban requiriendo la intervención de l Tribunal Europeo de Justicia, que es quien tiene la última palabra.
Un paso importante para la aprobación del futuro reglamento se dio el 26 de junio, cuando el Comité de Representantes Permanentes del Consejo (Coreper) aprobó el mandato que permite a la Presidencia del Consejo iniciar negociaciones con el Parlamento Europeo sobre la propuesta de reglamento de “máquinas”.
El nuevo reglamento pretende reemplazar la directiva de 2006. Esta rige la armonización de los requisitos esenciales de salud y seguridad aplicables a la maquinaria y productos relacionados en el contexto de la libre circulación de productos dentro del mercado único europeo. Garantiza un alto nivel de protección para los trabajadores y ciudadanos europeos.
Cambios propuestos
Según el comunicado de prensa del Consejo Europeo (adjuntamos enlace), el reglamento propuesto aclara el ámbito de aplicación de la directiva. Si bien se ha mantenido una autoevaluación de la conformidad para la mayoría de los productos, la participación obligatoria de organismos de evaluación competentes solo se ha mantenido para algunos.
La Comisión Europea podrá actualizar, mediante actos delegados, la lista de productos considerados potencialmente más peligrosos y que, por tanto, requerirán la intervención obligatoria de los organismos de evaluación de la conformidad.
Esto garantiza un equilibrio entre la necesidad de garantizar el más alto nivel de seguridad por un lado y no imponer cargas desproporcionadas a la industria por el otro.
El texto del Consejo propone que la Comisión pueda elaborar especificaciones técnicas cuando las normas no estén disponibles o no sean satisfactorias. Sin embargo, esta es solo una opción de último recurso y la Comisión solo podrá utilizarla en circunstancias específicas.
El mandato de la Junta logra un equilibrio entre la documentación digital y en papel. Otros cambios a la propuesta de la Comisión son: aclaración de la terminología de términos tales como "maquinaria", "productos relacionados", "productos sujetos a este Reglamento" y "modificación sustancial", aclaración de la cuestión de la evaluación de la conformidad obligatoria por un tercero para determinadas categorías de productos, desvinculación con el futuro reglamento sobre inteligencia artificial, alineación consistente con el Nuevo Marco Legislativo (NLF).
Fuente: Eurogip