Primer despido validado judicialmente considerando falta muy grave no llevar bien puesta la mascarilla

Primer despido validado judicialmente considerando falta muy grave no llevar bien puesta la mascarilla

El Juzgado de lo Social número 6 de Santander ha declarado procedente el despido de una trabajadora por negarse a llevar bien puesta la mascarilla y dirigirse en tono amenazante a la clienta que la increpaba esa situación
28 Marzo 2021

En una reciente sentencia el juzgado de lo social número 6 de Santander declara procedente el despido de una pescadera de un supermercado por no seguir las indicaciones de su superior para que se colocara adecuadamente la mascarilla. Agravando esta situación a efectos disciplinarios, la trabajadora se habría dirigido en tono amenazante a la clienta que puso en conocimiento de la encargada esta situación con expresiones como "si no te gusta, te vas" o "si quieres lo arreglamos en la calle, sin uniforme".

A falta de acceder al texto de la Sentencia aún no disponible en el CNDOJ, la magistrada ponente considera que la actuación de la trabajadora "debe encuadrarse dentro de las faltas muy graves" que llevaron a la empresa al despido disciplinario. En concreto, la empresa acusa a la trabajadora en la comunicación el despido de tres incumplimientos graves: "vulneración de las normas de seguridad, falta notoria de respeto o consideración al público, y malos tratos de palabra u obra, abuso de autoridad, falta de respeto y consideración a jefes, compañeros y público en general". 

No obstante, el fallo considera proporcional la actuación sancionadora de la empresa ya que la trabajadora “se encontraba prestando servicios con un producto no envasado, el pescado, por lo que las normas de prevención de riesgos laborales de la empresa le obligaban al uso correcto de la misma, tapando la boca y la nariz”, lo que junto con la manipulación de un producto no envasado como el pescado, siguiendo las normas de prevención de riesgos laborales de la empresa "le obligaban al uso correcto de la misma (mascarilla), tapando la boca y la nariz”.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, pero supone la primera validación judicial de la extinción de un contrato de trabajo -aún teniendo en cuenta el contexto del incumplimiento- relacionada con el uso inadecuado de la mascarilla como método de protección frente a la propagación de la COVID-19.

Fuente: Iberley

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