Sancionan a Gestamp por un accidente laboral por el que despidió al trabajador que lo sufrió
Sancionan a Gestamp por un accidente laboral por el que despidió al trabajador que lo sufrió
La Inspección de Trabajo de Palencia ha sancionado a la empresa de componentes para el automóvil Gestamp por el accidente laboral que sufrió un trabajador al que llegó a despedir por considerarle responsable del siniestro. La resolución de la inspección conlleva que Gestamp asuma el abono de un recargo del 30 por ciento de todas las prestaciones económicas que se satisfagan como consecuencia del accidente de trabajo. La firma ha recurrido la sanción.
Se da la circunstancia de que el operario fue despedido tras sufrir el accidente. El departamento de recursos humanos de la empresa, afincada en la localidad de Dueñas, difundió un comunicado interno en el que argumentaba el despido en el hecho de que el trabajador había incurrido "en graves incumplimientos en materia de instrucciones de trabajo y de prevención de riesgos laborales, que tuvo como consecuencia el accidente grave".
Según la versión de Gestamp, el trabajador incumplió varias obligaciones, entre ellas la obligación de llevar a cabo personalmente el bloqueo y consignación de la máquina sobre la que iba a realizar labores de mantenimiento con carácter previo al inicio de los trabajos. Cabe señalar que el hombre llevaba en la empresa desde el año 2000 y que era operario de mantenimiento. El trabajador sufrió graves lesiones como rotura de fémur y cadera y de pelvis. Ocurría en abril del año pasado. Fue ingresado en UCI una semana y diez días en planta. Posteriormente, fue trasladado a Majadahonda, al hospital de Fremap. Estuvo en cama 54 días.
El trabajador estaba en una plataforma cuando, al ponerse en marcha la cadena, fue alcanzado por una balancela que le arrastró y le provocó una caída contra el suelo. Mientras que la empresa mantuvo en la justificación del despido que no el operario “no utilizó el mando auxiliar que permitía la detención de emergencia de la línea de pintura durante la realización de las labores de mantenimiento”, la Inspección de Trabajo señala que la infracción está tipificada y calificada como grave al suponer el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, que" ha creado un riesgo grave para la integridad física y salud de los trabajadores". La Inspección remarcaba que para la intervención y reparación de una avería no se procedió con carácter previo a la consignación de la instalación ni tampoco se hizo uso del mando auxiliar que hubiera permitido parar la línea.
La sanción, fruto de un detallado informe previo elaborado desde la Junta de Castilla y León tras la pertinente investigación, se gradúa en su grado mínimo, ya que se tiene en cuenta la peligrosidad de las actividades desarrolladas en el centro de trabajo, el carácter permanente de los riesgos inherentes a dichas actividades y la gravedad de los daños producidos o que hubieran podido producirse por la ausencia o deficiencia de las medidas preventivas necesarias. Por este accidente se abrieron diligencias judiciales.
Fuente: Cadenaser