La importancia de medir la incapacidad temporal
La importancia de medir la incapacidad temporal
Redacción
En este sentido, Adecco en su VII informe sobre Absentismo, recomienda: “Es conveniente que, a partir de los datos promedio, cada empresa pueda realizar su auto-diagnosis individual, para observar en qué situación se encuentra”.
Medir el absentismo de nuestra empresa, equipo de trabajo, colectivo… no es tarea sencilla y hacerlo de forma que sea comparable con “los datos promedio” supone utilizar parámetros y clasificación que permitan compararlo con los índices existentes, para poder usar estos como referencia.
El denominado “Absentismo por IT” constituye un parámetro homogéneo para el conjunto de los sectores, colectivos, empresas dado que cuenta con regulación propia y un sistema de declaración y seguimiento estandarizado para el conjunto del sistema, incluyendo a todas las empresas y trabajadores afiliados a la Seguridad Social.
Otro punto importante es que el absentismo de un trabajador por motivo de Incapacidad Temporal (IT) está subsidiado. Cuando se encuentra debidamente justificado mediante la expedición de un parte de baja médica. Lo que a efectos prácticos supone que el trabajador se ausentará de su puesto de trabajo manteniendo su salario, completo o al menos una buena parte, en función del convenio por el que se rija la empresa, equipo de trabajo o colectivo.
El subsidio de Incapacidad Temporal constituye una medida de protección del trabajador en momentos de enfermedad o accidente; Es un derecho fundamental regulado por nuestra legislación. Esta protección y cobertura es básica para el desarrollo del estado del bienestar en que vivimos y por tanto es incuestionable su valor. No obstante, ha de ser utilizado de la forma sensata y exclusivamente para cubrir las circunstancias previstas y no para otras.
En este entorno se hace imprescindible encontrar un equilibrio entre la cobertura adecuada a los trabajadores que lo requieren y evitar un uso inadecuado de la Incapacidad Temporal para cubrir “otras necesidades”, personales, laborales…. para las que no ha sido creado.
La prestación de Incapacidad Temporal corresponde al sistema contributivo de la Seguridad Social. El Sistema de previsión social vigente en España se compone de 3 pilares: básico o “No contributivo”, profesional o “contributivo y libre.
Por el Sistema Contributivo, se rigen todos los trabajadores afiliados a la Seguridad Social. Se financia mediante la cotizaciones sociales o seguros sociales de los trabajadores y da derecho a los trabajadores a una serie de prestaciones como por ejemplo: la jubilación, el desempleo, la incapacidad temporal, la incapacidad permanente, …
Justificar la evolución de la incapacidad temporal como una consecuencia directa de la evolución del ciclo económico no permite identificar si puede haber aspectos sobre los que se pueda mejorar la capacidad de gestionar este fenómeno, que de forma intrínseca representa la enfermedad y nuestra capacidad de mejorar la salud de los trabajadores.
Tampoco debemos justificar el absentismo exclusivamente con los factores institucionales o personales. Si bien, constituyen un hándicap:
“Una de las mayores dificultades que nos encontramos en la erradicación del absentismo fraudulento reside en que los factores que motivan este comportamiento en los trabajadores no dependen directamente de decisiones de la propia empresa, sino que resultan ajenos a ella; son, por ejemplo:
a. Factores institucionales (protección social, falta de control adecuado sobre las bajas laborales que se conceden, dificultad de la Seguridad Social en:
1) el control de las bajas laborales por IT y
2) la agilización de las altas una vez que el paciente está en condiciones de trabajar, etc.)
b. Factores personales del trabajador: el trabajador podría recurrir a esta práctica como un recurso para compensar la pérdida de días festivos o de descanso; empleado lo considera como un derecho que tiene y no como un engaño hacia la empresa.”
Si fuese exclusivamente así ¿Porque el absentismo varía entre unas empresas y otras? Incluso en el mismo sector o zona geográfica.
Desde la empresa también existe una responsabilidad sobre la salud y el bienestar laboral de los trabajadores.
La Incapacidad Temporal según la Seguridad Social
La Seguridad Social a través de su Web pública define al Incapacidad Temporal como:
La prestación económica por incapacidad temporal trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Esta prestación económica está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General y de los regímenes especiales de la Seguridad Social.
Y muestra el procedimiento de actuación para “concesión” de esta prestación económica o subsidio.
Dicho procedimiento es el vigente para todas las empresas y trabajadores afiliados al sistema de la Seguridad Social. Sus trámites, plazos y requisitos son es de obligado cumplimiento para empresas, trabajadores y médicos del Sistema de Público de Salud, de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y de las empresas colaboradoras.
No obstante, en el entorno laboral No se debe confundir la Incapacidad temporal con la mera existencia de una patología. La Incapacidad Temporal supone que el trabajador esta temporalmente incapacitado para desarrollar su trabajo. Para ello, se han de combinar dos factores: la existencia de una patología o lesión y las características o requerimientos del puesto de trabajo.
Así pues, la mera existencia de una patología no implicaría que el trabajador este imposibilitado para realizar su trabajo y por tanto haya de recibir un subsidio, dependerá de las características y requerimientos del puesto de trabajo concreto que ese trabajador deba desarrollar.
Un ejemplo sería, el de una persona que sufre de diabetes, efectivamente tendrá una patología que deberá ser convenientemente tratada por profesionales sanitarios, pero esa patología no le resultará impedimento para poder desarrollar una profesión y un puesto de trabajo de forma segura y competente. Quizás haya algunos puestos concretos o profesiones que debido a sus características no será recomendable que desarrolle, pero habrá muchos otros que si podrá desarrollar.
En general, los equipos sanitarios de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social tienen una sólida formación y enfoque en este sentido, así como los equipos de médicos y técnicos de prevención de empresa.
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