La infección por coronavirus equivale a incapacidad temporal por accidente de trabajo

La infección por coronavirus equivale a incapacidad temporal por accidente de trabajo

La prestación equivale al 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja laboral, con cargo a la Administración
12 Marzo 2020

 

Redacción

 

El Consejo de Ministros (CM) ha aprobado un Real Decreto-Ley que incluye medidas para mejorar la protección de las personas trabajadoras afectadas por el COVID-19 o coronavirus de rápida propagación originario de Wuhan (China). La Seguridad Social mejora la protección de todos los trabajadores aislados y/o infectados por coronavirus al asimilar estos casos a Incapacidad Temporal por Accidente de Trabajo. La prestación equivale al 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja laboral, con cargo a la Administración y se establece que todos los casos de aislamiento preventivo tengan consideración de incapacidad laboral por accidente de trabajo.

 

Migración

 

Aparte, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISSMI) ha establecido, en materia de migración, que en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) se habilite una sala si fuera necesario proceder al aislamiento de alguna persona, siguiendo las recomendaciones el Ministerio de Sanidad.

 

Desde el MISSMI se están realizando labores de monitoreo de grupos vulnerables al nuevo agente viral y se ha recomendado el uso de los protocolos propuestos por Sanidad en los centros que no son gestionados por la Administración General del Estado.

 

El objetivo de estas medidas es facilitar que la ciudadanía pueda seguir las indicaciones de las autoridades sanitaria propuestas por motivos de salud pública, de forma que el coste no recaiga sobre las familias y empresas.

 

Más medidas en el CM del 17 de marzo

 

La próxima reunión del gobierno, según la agenda prevista, estudiará medidas adicionales como la aprobación de la moratoria de las cotizaciones a la Seguridad Social para empresas y trabajadores por cuenta propia, en zonas geográficas y sectores que se determinen.

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