Condenada la Dirección General de la Policía por incumplir la prevención de riesgos en el Aeropuerto de Reus

Condenada la Dirección General de la Policía por incumplir la prevención de riesgos en el Aeropuerto de Reus

El SUP denunció que ocho agentes habían sufrido daños psicológicos para la organización de turnos de trabajo a partir de junio de 2015
25 Septiembre 2018

El juzgado social de Reus ha condenado a la Dirección General de Policía (DGP) para incumplir su obligación legal de hacer una evaluación de los riesgos psicosociales para la seguridad y salud de los agentes destinados en el puesto fronterizo del Aeropuerto de Reus que , según el denunciante Sindicato Unificado de Policía (SUP), provocó daños a ocho policías en junio de 2015.

El juez condena a la DGP a hacer una evaluación de los riesgos psicosociales y adoptar las medidas correctoras necesarias para evitar o disminuir los riesgos presentes y futuros derivados de la evaluación que se haga.

El SUP presentó una demanda en julio de 2016 contra el Ministerio del Interior y la DGP por incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

El sindicato denunciaba que los funcionarios adscritos al puesto fronterizo del aeropuerto sufrieron un cambio en el sistema de organización de los turnos de trabajo que terminó provocando "un clima de malestar laboral" que se tradujo en "problemas de salud manifestados en hasta ocho funcionarios de la escala básica "de los 22 existentes, según recoge la sentencia.

El SUP apunta que, una vez expuesta la situación, "ningún responsable de la DGP puso medidas correctoras para evitar que los ocho policías que denunciaron daños en su salud continuaran sufriendo los efectos perjudiciales de los turnos de trabajo".

Todo ello, va "agravar el daño psicológico que sufrían". Así, denuncian que los órganos directivos hicieron "más bien lo contrario" y que "dar visto bueno a la nueva organización de los turnos de trabajo, permitiendo que las condiciones de trabajo se mantuvieran durante varios meses a pesar de las bajas médicas que se produjeron ".

El juez menciona en la sentencia la "falta de sensibilidad del problema de prevención de riesgos psicosociales" que hizo llegar a cuestionar "no sólo la realidad de los problemas de salud de los funcionarios afectados, con bajas médicas por incapacidad temporal, prescripción de tratamiento farmacológico y seguimiento psicoterapéutico, sino también la actuación de los médicos que los hubieran visitado ".

En esta línea, se señala "la escasa concienciación" de los responsables de la DGP y en que "por parte de la Administración se llegó a apuntar incluso a la idea de volver a analizar los hechos y si en algún momento los policías estaban haciendo medidas de presión ".

Por otra parte, el SUP apunta que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) también ha estimado el recurso contencioso-administrativo presentado por una agente que sufrió los efectos de la "disfuncional organización del trabajo" del puesto fronterizo en el aeropuerto de Reus, que le causaron "lesiones de carácter psicológico".

Así, el TSJC anula la resolución administrativa impugnada y declara que la lesión de ansiedad que sufrió la demandante fue en acto de servicio. Por lo tanto, relata el SUP, tiene derecho a percibir las prestaciones correspondientes desde el día de la interposición de la reclamación administrativa, además de la condena a costa a la DGP.

Fuente: Diario de Tarragona

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