Reconocen la causa profesional de la incapacidad temporal a una funcionaria del Ayuntamiento de Logroño por acoso laboral

Reconocen la causa profesional de la incapacidad temporal a una funcionaria del Ayuntamiento de Logroño por acoso laboral

La empleada inició un periodo de incapacidad temporal por contingencia común con diagnóstico de «trastorno ansioso-depresivo»
18 Septiembre 2018

El sindicato UGT ha ganado una sentencia que reconoce una incapacidad temporal derivada de acoso laboral a una funcionaria del Ayuntamiento de Logroño.

Según la detallado en una nota la Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de UGT (FeSP-UGT), el fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha estimado el recurso de suplicación interpuesto por el sindicato contra una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Logroño.

La agraviada, funcionaria de carrera del Ayuntamiento de Logroño, fue «víctima de una campaña de acoso», según el sindicato, por lo que presentó una demanda ante el Juzgado de Social contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la Mutua Fremap, la Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y el Ayuntamiento de Logroño reclamando una valoración de contingencia.

La empleada inició un periodo de incapacidad temporal por contingencia común con diagnóstico de «trastorno ansioso-depresivo» originado por el acoso laboral sufrido, pero el Ayuntamiento de Logroño no presentó ningún parte de accidente de trabajo por ese proceso.

De este modo, esta incapacidad temporal fue considerada por el INSS como enfermedad común, que a su vez fue avalado por el Juzgado de lo Social número 1 de Logroño. La víctima, tras la sentencia del Juzgado de lo Social, interpuso un recurso de suplicación que ha sido estimado por el TSJR.

Así, este tribunal ha revocado la determinación de contingencia y ha reconocido que el periodo de incapacidad temporal iniciado por esta funcionaria es resultado de un accidente de trabajo, por lo que la sentencia ha condenado a las partes a asumir su respectiva responsabilidad y las consecuencias que de ello derivan.

FeSP-UGT celebra esta sentencia, que acredita la relación entre la enfermedad de la empleada y el acoso sufrido en el trabajo, pero ha lamentado «la falta de voluntad que han demostrado las instituciones envueltas».

Por ello, ha exigido «absoluto respeto y tutela para los empleados de los distintos organismos, tanto públicos como privados, de La Rioja», ya que ha considerado «inadmisible que se toleren este tipo de prácticas, en este caso en particular, en el Ayuntamiento de Logroño».

Fuente. La Rioja

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