Argentina: Para las ART, hay “buenas noticias jurisprudenciales”

Argentina: Para las ART, hay “buenas noticias jurisprudenciales”

Celebraron un fallo de la Corte mendocina en línea con la nueva Ley de ART y reconocieron avances contra la litigiosidad laboral
10 Junio 2018

La Unión de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (UART) celebró ayer lo que considera “buenas noticias jurisprudenciales” en materia de riesgos laborales, en su intento por reducir la litigiosidad. En particular, una reciente sentencia de la Suprema Corte de Mendoza dictada en el caso “González, Juan José contra Asociart”, que resolvió la aplicación de la Tabla de Evaluación de Incapacidades establecida por la nueva normativa. Sin embargo, la entidad reclamó la integración de los cuerpos médicos periciales, que considera “el gran tema pendiente”.

Para la UART, este veredicto se suma a una serie de fallos judiciales que fueron avalando “aspectos fundamentales” de la nueva Ley Nacional de Riesgos del Trabajo sancionada en febrero de 2017: “La constitucionalidad de las comisiones médicas, que constituyen el paso previo y obligatorio para determinar una incapacidad o zanjar cualquier divergencia; y la efectiva utilización del Baremo, que es la Tabla de Evaluación de Incapacidades, el instrumento mediante el cual se objetivan los daños permanentes producto de un accidente de trabajo o enfermedad profesional”.

Justamente a este último punto se refirió la decisión de la Corte provincial. En ese caso, además de desestimar la incapacidad psicológica solicitada, la sentencia redujo el porcentaje de incapacidad determinado en la pericia oficial del 44% al 11,7%, ordenó la aplicación del Baremo y condenó al trabajador al pago de las costas por haber perdido el juicio. “La relevancia de este caso está dada porque en Mendoza los fallos de su máximo tribunal hacen casación y son de aplicación obligatoria para los tribunales de todo su territorio”, plantearon desde la UART en un comunicado.

Pasos

Según la entidad, después de la sanción de la nueva normativa hubo varios hechos que fueron consolidando la reforma legal: “La adhesión (a la ley nacional) por parte de diez provincias que concentraban el 85% de la litigiosidad, la baja en la litigiosidad a lo largo de todo el segundo semestre de 2017 y el surgimiento de una renovada jurisprudencia en la mayoría de las salas que conforman la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT)”.

En cuanto a la cantidad de demandas, el semestre pasado cerró con una baja del 14% en el número de juicios ingresados en todo el país, comparado con la segunda mitad de 2016. La caída estuvo principalmente impulsada por la disminución en la CABA (42%) y en Córdoba (28%), que lograron contrabalancear el aumento en la provincia de Buenos Aires, que alcanzó el 70% para ese período.

Respecto de la jurisprudencia, la UART valoró las resoluciones de “varias salas de la CNAT”, en las que “se avaló la constitucionalidad del nuevo procedimiento ante las comisiones médicas, como mecanismo de solución de conflictos, previo al paso de la instancia judicial, sin costos de intermediación para el trabajador”. Además, destacó la aceptación del Baremo por parte de muchas salas de la CNAT, como en el “caso Fedelle”, donde “la consideraron como herramienta exclusiva y apropiada para la determinación del alcance de los daños sufridos por los trabajadores” y resaltaron “las ventajas que representa la unificación de criterios para evitar las asimetrías y arbitrariedades”, pero que a la vez “permite la adecuación de la cuantificación del daño a cada caso concreto a través de la utilización de los factores de ponderación”.

“Estos avances aumentan y consolidan nuestra expectativa de acotar el peso de la litigiosidad que se cierne sobre este sistema que hoy protege a diez millones de trabajadores”, expresó la UART.

Fuente. El Economista

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