Siguen multiplicándose los informes sobre los riesgos del formaldehído

Siguen multiplicándose los informes sobre los riesgos del formaldehído

Su clasificación como cancerígeno en la UE probablemente culminará con el establecimiento de un valor límite ambiental obligatorio en toda la Unión
3 Mayo 2017

El pasado 15 de marzo la Agencia Europea de Sustancias y Preparados químicos, más conocida como ECHA por sus siglas en inglés, publicó un informe sobre el formaldehído y las sustancias que lo liberan. La elaboración de dicho informe (cuyo texto completo adjuntamos) le había sido solicitada el 3 de diciembre de 2015 por la Comisión Europea con vistas a que esta decidiera si solicitaba o no a ECHA que preparase un dossier de restricción de uso de los previstos en el Anexo XV del reglamento REACH.

En concreto la Comisión pedía a ECHA, en primer lugar, que colaborase con Francia y los Países Bajos en los encargos que les había hecho la Comisión en relación con el formaldehído. Francia estaba encargada del análisis de las opciones de gestión del riesgo (Risk Management Options Assessment, RMOA) y los Países Bajos de la evaluación de la sustancia en relación con los riesgos de los consumidores.

En segundo lugar la Comisión requería que ECHA investigase las sustancias liberadoras de formaldehído recogidas en el anexo V del reglamento de productos cosméticos (reglamento 1223/2009) así como que investigase otros liberadores de formaldehído conocidos y sus usos, distintos de los biocidas.

El informe concluye, sobre la base del RMOA preparado por Francia que parece haber riesgo para los trabajadores para algunos de los usos del formaldehído. En relación con los consumidores las incertidumbres son mayores sobre la exposición y sobre los valores límite a emplear. Se espera que a finales de 2017 se disponga del informe de evaluación encargado a los Países Bajos y ello permitas dispar algunas dudas.

El borrador del informe RMOA elaborado por Francia (en concreto por la Agencia Nacional de Seguridad Sanitaria de la Alimentación, el Medio Ambiente y el Trabajo, ANSES) analiza las distintas opciones de gestión del riesgo (por ejemplo la sustitución, la regulación vía REACH, la regulación por la vía de la directiva cancerígenos, etc.). El borrador (que adjuntamos en su texto completo) fue hecho público en julio de 2016 y sometido a un proceso abierto de consultas por el Gobierno, del que todavía no se han hecho públicos los resultados.

Por otra parte la Comisión ya anunciado (ver noticia del 17 de marzo) su intención de incluir el formaldehído entre las sustancias para las que se asignará un valor límite ambiental obligatorio en el entorno laboral. Probablemente ello se hará en la modificación de la directiva cancerígenos que la Comisión hará pública a principios de 2018.

También es importante señalar que en noviembre de 2016 el Comité Científico de la UE para los Valores Límite (SCOEL) emitió un informe en el que incluía el formaldehído en el grupo de sustancias cancerígenas para las que pueden establecerse valores límite razonablemente seguros y recomendó la adopción de un valor límite de 0,3 ppm para ocho horas de exposición y 0,6 ppm para 15 minutos.

Dado que diversos  Estados miembros ya utilizan valores muy parecidos cuando no iguales a la propuesta del SCOEL, parece probable que la Comisión adopte dichos valores en su propuesta anunciada para principios de 2018.

En España el valor LEP publicado por el INSHT, vigente desde 1999, es mucho más exigente que la propuesta del SCOEL pues solo incluye un valor límite de 0,3 ppm para 15 minutos (no se publica valor para 8 horas), es decir la mitad de lo propuesto por el SCOEL.

Debe señalarse que el formaldehído figura en el “Listado de agentes químicos propuestos a estudio para el cambio o incorporación del Valor Límite Ambiental” en el documento LEP 2018, que el INSHT publica en su página web: http://www.insht.es/portal/site/Insht/menuitem.1f1a3bc79ab34c578c2e88840... por lo que es de esperar que más pronto que tarde el valor español se alineará con las propuestas citadas, que de incluirse en la modificación de la directiva cancerígenos se convertirían en obligatorias en toda la Unión.

Fuente Propia: Prevención Integral & ORP Conference

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