¿Cumple su empresa con las obligaciones que le imponen los reglamentos europeos REACH/CLP?

¿Cumple su empresa con las obligaciones que le imponen los reglamentos europeos REACH/CLP?

Este año se realiza la quinta campaña de inspecciones (REACH EN FORCE 5)
26 Julio 2017

El pasado 31 de marzo de 2010 se publicó, con dos años de retraso, la Ley 8/2010 por la que se establece el régimen sancionador de los principales reglamentos europeos de conocimiento y control de sustancias y mezclas químicas: REACH (de registro, evaluación, restricción y autorización de químicos) y CLP (de clasificación, etiquetado y envasado de químicos).

La ley supone una garantía más de protección de la salud de la ciudadanía, trabajadores y del medio ambiente, al disuadir a los fabricantes, importadores o empresas usuarias de sustancias y mezclas químicas, de incumplir sus obligaciones establecidas en los reglamentos REACH y CLP. Dicho sistema punitivo constituye una herramienta esencial de acción sindical. También evitará la competencia desleal entre empresas.

La norma prevé cuantiosas sanciones en función de la gravedad de las consecuencias y de las circunstancias concurrentes de las infracciones cometidas, con multas de hasta 1 200 000 euros. Además, en los casos más graves la sanción podría incluir la clausura temporal de las instalaciones.

Corresponden a los órganos competentes de las comunidades autónomas las funciones de vigilancia, inspección y control del correcto cumplimiento de cuanto se establece en ambos reglamentos en sus respectivos territorios, así como el desarrollo normativo y el ejercicio de la potestad sancionadora.

Con el fin de garantizar una actuación uniforme, coordinada y eficaz en materia de salud, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas suministran e intercambian los criterios, la información, o cualquier otro elemento del que dispongan, para el adecuado ejercicio de sus funciones. Todo ello se lleva a cabo a través de la Red Nacional de Vigilancia, Inspección y Control y del Sistema de Intercambio Rápido de Información sobre Productos Químicos, establecidos por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación y por las consejerías de Sanidad de las comunidades autónomas, en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Por otro lado, en materia medioambiental, la Ley 8/2010 establece la coordinación entre Comunidades autónomas a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Los órganos competentes de las comunidades autónomas han participado en los siguientes proyectos europeos de inspección, organizados por el Foro de intercambio de información de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA). En ellos, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha actuado como coordinador en España:

  • REACH-EN-FORCE 1: Obligaciones sobre el prerregistro e información en la cadena de suministro de los fabricantes e importadores (2009-2010).
  • REACH-EN-FORCE 2: Obligaciones de los formuladores de mezclas (2011-2012). Adjuntamos el informe de resultados.
  • REACH-EN-FORCE 3: Obligaciones de registro por parte de los fabricantes, importadores y representantes exclusivos (2013-2014).
  • Proyecto europeo piloto de inspección: obligaciones sobre la autorización (2015).
  • Proyecto europeo piloto de inspección: obligación del uso de envases con cierre de seguridad para niños (2015).

Según informa ASEFCA (Asociación Española de Fabricantes de colas y adhesivos) se inicia en 2017 el proyecto REACH EN FORCE (REF 5), aprobado por el Foro de cumplimiento normativo de la ECHA en junio de 2015. Este proyecto se centra en las obligaciones relacionadas con las Fichas de Datos de Seguridad extendidas (FDSs), sus escenarios de exposición, medidas del riesgo y condiciones de operación y su objetivo es asegurar que los trabajadores que manejan sustancias químicas peligrosas reciban información de seguridad suficiente y correcta.

En las inspecciones se comprobará la calidad de las FDSs que contienen instrucciones sobre el uso seguro de sustancias peligrosas, así como el contenido y la coincidencia entre las FDSs y la información establecida por los Informes de la Seguridad Química (ISQ/CSR), con especial atención a los Escenarios de Exposición.

El informe de resultados de estas inspecciones estará disponible a finales del año 2018.

Fuente: ASEFCA, MSSI y DAPHNIA

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