Condena por una conducta "pluriofensiva" de 'mobbing'

Condena por una conducta "pluriofensiva" de 'mobbing'

El Servicio Vasco de Salud-Osakidetza mantuvo al reclamante recluido en un ambulatorio durante más de un año sin asignarle pacientes y sin medios materiales para desempeñar su profesión.
23 Febrero 2016

La Administración sanitaria no es ajena a los problemas y tensiones laborales derivados de su relación con sus médicos, jefes de servicio, de sección y otras categorías de personal estatutario. A veces, ese vínculo puede provocar en la entidad gestora una conducta hostil o vejatoria reiterada respecto al trabajador y que le origina problemas psicológicos y profesionales. Es lo que se conoce como acoso laboral o mobbing. Una actitud que, según un estudio de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos, estaría aumentando.

El Juzgado Social número 8 de Bilbao ha condenado al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza (SVS-O) a indemnizar a un jefe de sección por los daños sufridos por "acoso laboral". El fallo considera que se ha vulnerado la normativa de prevención de riesgo laborales, pues el SVS-O mantuvo al reclamante recluido en un ambulatorio durante más de un año sin asignarle pacientes y sin medios materiales para desempeñar su profesión.

La magistrada entiende que "la situación de falta de trabajo efectivo fue de tal gravedad que evidencia una clara actitud hostil de la entidad gestora que se define como acoso laboral". De ahí que siendo "tan patente" la situación de conflicto "no se explica" que el SVS-Ono pusiera en marcha el protocolo de conciliación en situaciones de acoso laboral "excepto que deliberadamente no quisiera evaluar el daño psíquico y profesional del médico".

Desde 1994 el demandante trabajaba como jefe de sección en la Unidad de Enfermedades Infecciosas en un hospital. En noviembre de 2010, fue trasladado a un ambulatorio por decisión del gerente argumentando problemas de relación con otros compañeros. Allí tenía su consulta, que parecía más un almacén. El SVS-O no le asignó pacientes ni actividad asistencial alguna, tampoco tenía enfermera y en la puerta de la consulta estaba el rótulo de donantes de sangre. En el interior del despacho no había material para ejercer la profesión de médico, pues no había ni camilla ni biombo que diera intimidad a los pacientes. Además, en su puesto no se realizó ninguna evaluación de los riesgos de su zona de trabajo ni se activó el protocolo de acogida al nuevo puesto. Los jueves por la tarde compartía su despacho con la Unidad de Donantes de Sangre. 

Respecto a los cursos de prevención que estaba obligado a realizar no podía asistir porque tenía prohibido salir del ambulatorio durante el tiempo de trabajo. Prohibición que se extendía a entrar en su hospital de origen. 

El juzgado Social considera flagrante el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales porque "ni se evaluaron los riesgos laborales del puesto de trabajo del médico ni se combatieron ni se planificó una acción de prevención ni se puso en marcha el correspondiente protocolo". El fallo califica la actitud del SVS-O como una "conducta pluriofensiva" que ha vulnerado la dignidad del facultativo. Es más, es "intencionada" porque no sólo es susceptible de causar daño sino que de hecho lo causa.

La sentencia comparte los razonamientos de Alfonso Atela, abogado del Colegio de Médicos de Vizcaya, al resaltar que "toda esta actuación está socavando la salud del trabajador y perjudicando gravemente la dignidad y el propio desempeño de su profesión como médico", pues la situación de facto es como "si no ejerciera, pero yendo todos los días a trabajar ni siquiera a su consulta sino a un almacén u office".

Muchos de los afectados por acoso laboral no quieren denunciar su caso por miedo a perder su puesto de trabajo. Ello dificulta la existencia de unas estadísticas fiables, pero el problema es real y está ahí. El Defensor del Médico del Colegio de Madrid, una figura pionera creada en 2012, ha recibido más de 300 quejas anuales por acoso laboral. Y es que los problemas de acoso laboral o mobbing por parte de superiores, compañeros o instituciones públicas es uno de los temas más habituales de consulta de los facultativos.

Fuente: Diario Médico

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