Una cantera de La Rioja deberá indemnizar con un millón de euros a un empleado que quedó inválido por un accidente de trabajo

Una cantera de La Rioja deberá indemnizar con un millón de euros a un empleado que quedó inválido por un accidente de trabajo

El Juzgado ha fijado esta indemnización para el trabajador, que quedó atrapado en una cinta transportadora y sufrió gravísimas lesiones
11 Abril 2014

El Juzgado de lo Penal 1 de Logroño condenó anteayer 9 de abril al director y al encargado de la cantera Ofitas de San Felices (Haro) al pago de 1.010.000 euros a un trabajador por un grave accidente laboral que este sufrió en 2009, a consecuencia del cual se le ha concedido la incapacidad permanente en grado de gran invalidez. Tras la vista oral celebrada ayer, la condena fijada es de conformidad por una falta de lesiones por imprudencia, que incluye una multa de 30 días a 5 euros diarios, y la citada indemnización, recayendo la responsabilidad civil sobre la empresa y la aseguradora.

Según ha quedado acreditado, el 28 de marzo de 2009 el obrero realizaba labores de limpieza del barro adherido al tambor del contrapeso del tensor de una cinta transportadora «de forma precaria e insegura y con evidente riesgo para su salud física». Trabajaba sobre un inestable montón de escombros y ayudado de una ‘barra de uña’ (barra de hierro de metro y medio), quedando en un momento dado atrapado entre la banda de la cinta transportadora y la estructura metálica del tensor, con el brazo izquierdo completamente atrapado, la cabeza encajada y el cuerpo adherido a la estructura. El accidente le causo numerosas lesiones: traumatismo craneoencefálico, herida en un ojo, en la barbilla, hemotórax, axila y antebrazo izquierdo, luxaciones, fracturas y traumatismos varios que precisaron un total de 341 días de hospitalización. Al trabajador se le ha reconocido una incapacidad permanente en grado de gran invalidez, a causa de las secuelas sufridas, como tetraplejía, trastorno depresivo reactivo, material de osteosíntesis en columna cervical y perjuicio estético bastante importante en grado máximo a importantísimo.

El fiscal consideraba los hechos constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso de otro de lesiones por imprudencia grave tanto al encargado de la cantera como a su superior, el director, y reclamaba prisión para los dos acusados, al entender que «cuando ocurrió el accidente no se cumplieron las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad de los trabajadores. Y para la limpieza, el trabajador no disponía de una plataforma fija elevada, ni se utilizó la plataforma elevadora móvil con que contaba la empresa.

Finalmente, y aunque el fiscal pedía dos años de prisión para el director y el encargado de la cantera,  el proceso se resolvió en el Juzgado de lo Penal 1, sin la pena de cárcel pero con la indemnización millonaria antes citada para la víctima.

Fuente: EL Correo

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