Mejora de las condiciones de trabajo de los pescadores: el Consejo de Ministros de la UE aprueba un acuerdo entre los interlocutores sociales

Mejora de las condiciones de trabajo de los pescadores: el Consejo de Ministros de la UE aprueba un acuerdo entre los interlocutores sociales

El 13 de octubre de 2016, el Consejo ha aprobado una directiva que da efecto jurídico a un acuerdo entre los interlocutores sociales de la UE en el sector de la pesca marítima
4 Diciembre 2016

El acuerdo entre los interlocutores sociales permite que se aplique en la UE el Convenio sobre el trabajo en la pesca de 2007 de la OIT.

El presidente del Consejo, Jan Richter, ministro de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia de Eslovaquia, ha declarado: «Es un importante avance para contribuir a mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los pescadores, y también un excelente ejemplo de un fructífero diálogo social sectorial. Hoy hemos logrado que ese trabajo se consagre en la legislación de la UE, en beneficio de todos los pescadores en el conjunto de la UE».

El objetivo del acuerdo es garantizar unas mejores condiciones de trabajo para los pescadores y unas condiciones de trabajo dignas a bordo de los buques pesqueros que enarbolen pabellón de un Estado miembro de la UE, también fuera de las aguas de la UE. La directiva incluye unos requisitos mínimos relativos a las horas de trabajo y de descanso de los trabajadores de la pesca marítima, las condiciones de trabajo, la seguridad en el trabajo, la protección respecto de las enfermedades relacionadas con el trabajo, los procedimientos en caso de lesiones o muerte, la atención médica a bordo, el pago a los pescadores, el alojamiento y la alimentación.

Esta directiva adapta la legislación vigente de la UE a las nuevas disposiciones del Convenio de la OIT.

El Convenio sobre el trabajo en la pesca (C188) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) fue adoptado en 2007. Se aplica a todos los tipos de buques de navegación marítima, independientemente de su tamaño, y aspira a establecer normas mínimas para proteger a los pescadores en su trabajo.

En 2007, la Comisión invitó a los interlocutores sociales de la UE a «examinar las posibilidades de una iniciativa común destinada a promover la aplicación, en la UE, de las disposiciones del Convenio C188».

En mayo de 2013, los interlocutores sociales a nivel de la UE (la Federación Europea de Trabajadores del Transporte [ETF], la Asociación de las Organizaciones Nacionales de Empresas de Pesca en la UE [Europêche] y la Confederación General de Cooperativas Agrarias de la UE [COGECA]) celebraron un acuerdo cuyo propósito era refundir las disposiciones del acervo de la UE y el Convenio C188 de la OIT. Pidieron a la Comisión que transpusiera el acuerdo a la legislación de la UE a través de una directiva. El 28 de abril de 2016, la Comisión presentó al Consejo su propuesta de Directiva.

La directiva se adoptará formalmente en una próxima sesión del Consejo.

Se adjunta el texto de la Propuesta de la Comisión para aplicar el acuerdo relativo a la aplicación del Convenio sobre el trabajo en la pesca así como el texto del Acuerdo con los interlocutores sociales

Fuente: Consejo Europeo

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