Un año y medio de cárcel, sustituido por una multa y tres años de inhabilitación especial, para dos empresarios por la muerte de un empleado

Un año y medio de cárcel, sustituido por una multa y tres años de inhabilitación especial, para dos empresarios por la muerte de un empleado

El juez les considera responsables de un «homicidio por imprudencia grave» por un accidente laboral
23 Mayo 2016

Dos responsables de una compañía de Oñati (Guipúzcoa), uno de ellos director de Producción y el otro jefe de taller  han sido condenados a penas que suman un año y medio de cárcel, así como a tres años de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo de seguridad laboral, como responsables de un delito de homicidio por imprudencia grave y otro contra el derecho de los trabajadores, a raíz de un accidente laboral en el que falleció un operario de la empresa.

 La sentencia del caso acuerda no obstante la sustitución de las penas de cárcel, por distintas multas que, en conjunto, suman 5.040 euros para cada uno.

Según explica la resolución judicial, los hechos se remontan al 9 de enero de 2012, cuando en la empresa Altuna Hnos el operario accionó una «máquina rectificadora de pedestal, de unos 40 años de antigüedad que estaba en el taller».

El escrito aclara que el «dispositivo de velocidad» de este aparato se encontraba «averiado y no funcionaba», por lo que la muela con la que estaba equipado comenzó a girar a una velocidad «1,83 veces superior a la permitida por el fabricante, motivo por el que la carcasa protectora no aguantó». De esta manera, tanto la muela como la carcasa «salieron despedidas» y varios fragmentos impactaron «contra el pecho y la cabeza del trabajador», quien sufrió «heridas y contusiones muy graves que le provocaron la muerte cinco días después» tras permanecer varios días en coma.

La sentencia aclara que la velocidad excesiva de la muela se debió a «un fallo en el funcionamiento del sistema de regulación» que «no fue advertido por la empresa porque se obviaban las funciones de mantenimiento y no se realizaban ni mediciones de seguridad ni ninguna revisión periódica de la máquina».

La familia del fallecido no llegó a reclamar la indemnización que hubiera podido corresponderle judicialmente por este caso, al haber sido ya indemnizados con anterioridad.

Fuente: Diario Vasco y EITB

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