El cáncer de laringe por amianto es reconocido como enfermedad profesional

El cáncer de laringe por amianto es reconocido como enfermedad profesional

Con el consenso de los agentes sociales
10 Enero 2016

El Boletín Oficial del Estado publicó el sábado 19 de diciembre el Real Decreto por el que se modifica el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.
 
Este texto viene a modificar el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, debido a que “desde esa fecha se han producido importantes avances en las investigaciones y en el progreso en el ámbito científico y en el de la medicina, que han permitido un mejor conocimiento de los mecanismos de aparición de algunas enfermedades profesionales y de su vinculación con el trabajo”.

Así, se incluye en el cuadro de enfermedades profesionales causadas por agentes carcinógenos y, en concreto, por el amianto un nuevo subagente, el cáncer de laringe, enumerándose asimismo las principales actividades asociadas a ese subagente.

Por su parte, del anexo 2, la lista de enfermedades cuyo origen profesional se sospecha y cuya inclusión en el cuadro de enfermedades profesionales podría contemplarse en el futuro, se suprime el cáncer de laringe producido por la inhalación de polvo de amianto, ya que pasa a incluirse en el anexo 1.

Los trabajos expuestos a la inhalación de polvos de amianto son aquellos trabajos de manipulación de minerales o rocas amiantíferas; fabricación de tejidos, cartones y papeles de amianto; o trabajos de aislamiento térmico en construcción naval y de edificios; limpieza, mantenimiento y reparación de acumuladores de calor u otras máquinas que tengan componentes de amianto; o trabajos de reparación de vehículos automóviles, entre otros.

La decisión de incluir esta nueva enfermedad profesional ha sido aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez. En su proceso de tramitación, este real decreto ha sido informado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Además, ha contado con el consenso de los agentes sociales.
 
Fuente: Redacción Médica
 

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